Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Extranjero con entrada al paí­s 03/1978.... AYUDA!!!

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #25541  por malae
 
A ver si alguien tiene sugerencias... Hice un SICAM por la Ley 25994 art. 6 a una persona extranjera (hombre) que nació el 18/12/1938 y entró al país en 03/1978 y le creé una situación de revista desde 11/1978, teniendo luego historia como autónomo y monotributista real, o sea que por eso no tuve problemas para comprarle años....

El problema es que cuando hace el ADP en ANSES me figura fecha de radicación 31/12/1978, o sea que entró al país en 03/1978 pero la residencia precaria la tiene desde esa fecha...

No sé si a alguien le pasó algo parecido, la verdad es que no sé qué se puede hacer, dado que la 25994 no está más vigente y si renunciamos a esa liquidación, va a tener que pagar muchísimo de contado...

¿Saben si son muy estrictos en ANSES al respecto? Son 2 meses que quedan afuera.... :(
 #25597  por lucchesi
 
[quote="malae"]A ver si alguien tiene sugerencias... Hice un SICAM por la Ley 25994 art. 6 a una persona extranjera (hombre) que nació el 18/12/1938 y entró al país en 03/1978 y le creé una situación de revista desde 11/1978, teniendo luego historia como autónomo y monotributista real, o sea que por eso no tuve problemas para comprarle años....

El problema es que cuando hace el ADP en ANSES me figura fecha de radicación 31/12/1978, o sea que entró al país en 03/1978 pero la residencia precaria la tiene desde esa fecha...

No sé si a alguien le pasó algo parecido, la verdad es que no sé qué se puede hacer, dado que la 25994 no está más vigente y si renunciamos a esa liquidación, va a tener que pagar muchísimo de contado...

¿Saben si son muy estrictos en ANSES al respecto? Son 2 meses que quedan afuera.... :([/quote]

TE ACLARO QUE LO QUE IMPORTA EN ANSES ES LA FECHA DE INGRESO AL PAIS, NO LA DE LA RADICACION. EN ESTE CASO DEBERIAS HACER LA
SITUACION DE REVISTA DESDE 04/1978 Y LOS AÑOS QUE NECESITA A LA FECHA POR EL EXCESO DE EDAD SON 27 AÑOS Y 10 MESES.
SI LA HACES POR LA 24476 TENES HASTA 09/1993 . HABRIA QUE VER CUANTO TIEMPO TIENE APORTADO, QUE PARA QUE TE SIRVAN DEBEN SER POSTERIORES A 1993 - lucchesi

 #25614  por marianaferoldi
 
Yo 1° intentaría que te corrijan el ADP en Anses, ya que deberían haber tomado la fecha de ingreso, me parece que es error de ellos. Si pueden corregirlo el sicam que tenés formulado debería servirte. No hay problema en que lo envíes ahora ya que se formuló antes del 30/04. Esperemos otras opiniones por las dudas
 #25937  por malae
 
Muchas gracias a ambos por contestar... estoy tratando de solucionarlo con ANSES... :lol:

Te aclaro, Mariana que envié el plan y que a esta altura, el sistema no me habría permitido enviarlo, de no haberlo hecho...
 #25944  por CAROLINA MARIA
 
malae escribió:Muchas gracias a ambos por contestar... estoy tratando de solucionarlo con ANSES... :lol:

Te aclaro, Mariana que envié el plan y que a esta altura, el sistema no me habría permitido enviarlo, de no haberlo hecho...
SI YA ENVIASTE EL PLAN - NO CREO QUE VAYAS A TENER PROBLEMA PORQUE SEGURO EL ADP - LO NECESITAS PARA INGRESAR POR TURNO EL BENEFICIO- DEBES PEDIR EN ANSES POR NOTA Y PRONTO DESPACHO QUE TE MODIFIQUEN EL ADP - DEBE IR COMO DICE EL DOCUMENOTO - PRIMERO TIENE FECHA DE INGRESO Y LUEGO DE RADICACION. LA PERSONA PUDO ESTAR TRABAJANDO MIENTRAS SE CUMPLIMENTABA EL TRAMITE DE RADICACION - PERO EL SICAM ESTA BIEN HECHO SI TOMASTE LA FECHA DE INGRESO AL PAIS. NO PERMITAS QUE TE LO RECHAZEN. YA QUE ES ASI. MI SUGERENCIA HACE MODIFICAR EL ADP EN LA ANSES QUE LO HIZO - SUERTE CAROLINA MARIA

 #25950  por jez
 
No coincido con el tema de la acreditacion del ingreso.
Anses te va a tomar en primer lugar la fecha que dice en el DNI salvo que puedas demostrar con otra documental que ingreso antes. En la resoluc del año pasado esta enumerada la documentacion que se puede presentar.
Que documento tenes para acreditar que en 11/78 estaba aca??

 #26061  por malae
 
jez escribió:No coincido con el tema de la acreditacion del ingreso.
Anses te va a tomar en primer lugar la fecha que dice en el DNI salvo que puedas demostrar con otra documental que ingreso antes. En la resoluc del año pasado esta enumerada la documentacion que se puede presentar.
Que documento tenes para acreditar que en 11/78 estaba aca??
¿Me podrás decir cuál es la resolución del año pasado que citaste? Gracias!!! :D

 #26123  por jez
 
malae escribió:
jez escribió:No coincido con el tema de la acreditacion del ingreso.
Anses te va a tomar en primer lugar la fecha que dice en el DNI salvo que puedas demostrar con otra documental que ingreso antes. En la resoluc del año pasado esta enumerada la documentacion que se puede presentar.
Que documento tenes para acreditar que en 11/78 estaba aca??
¿Me podrás decir cuál es la resolución del año pasado que citaste? Gracias!!! :D
es circular GPAyD 43/06
sino enviame un mensajito que te la envio por mail
saludos

 #26152  por pavime
 
En mi caso y existiendo diferencias entre su DNI y la fecha real de ingreso, presentamos el Expte de Migraciones de su radicación donde figura la fecha de ingreso y no hubo problema alguno. Claro, que debe ser válida la de ingreso.
Saludos

 #26392  por gabita
 
MIRA SI ENTRO AL PAIS ANTES Y TIENE PARTIDA DE MATRIMONIO O DE NACIMIENTO DE LOS HIJOS ESCRITURAS O ALGO DE LO QUE DICE LA CIRCULAR DE ACREDITACION DE INGRESO AL PAIS TE LO TIENE QUE TOMAR PERO LLEVALE COPIA DE LA RESOLUCION PORQUE EN ANSES NO LA CONOCEN Y HACELO POR TURNO , HOY TUVE UN CASO IGUAL QUE VOS Y DESPUES QUE LES MOSTRE Y DEJE COPIA DE LA CIRCULAR ME LO TOMARON SIN NINGUN PROBLEMA
 #26414  por Geor
 
Hola! Ya que están en el tema extranjeras, les hago una consulta ya que es mi primer caso así. Dónde figura la fecha de ingreso al país? Cómo se acreditan los datos si la señora no tiene DNI?. Cualquier info al respecto será bienvenida, gracias!!!
 #26415  por gabita
 
si no tiene dni no puede acreditar datos , y si tiene el dni en eldni extranjero hay una parte que dice fecha de radicacion y fecha de ingreso al pais , anses pide la fecha de ingreso al pais

 #26489  por malae
 
pavime escribió:En mi caso y existiendo diferencias entre su DNI y la fecha real de ingreso, presentamos el Expte de Migraciones de su radicación donde figura la fecha de ingreso y no hubo problema alguno. Claro, que debe ser válida la de ingreso.
Saludos
Gracias por contestar, estoy viendo si hay alguna de las constancias que me citan, a ver si podemos salvarlo de alguna forma... :roll:
 #26514  por Geor
 
gabita escribió:si no tiene dni no puede acreditar datos , y si tiene el dni en eldni extranjero hay una parte que dice fecha de radicacion y fecha de ingreso al pais , anses pide la fecha de ingreso al pais
Gracias gabita...entonces si tiene una fecha muy reciente no va a poder comprar muchos años...
Pregunta: si tiene alguno de esos documentos - partidas, escrituras, etc.-anteriores a la fecha de ingreso? Puede usarlos como prueba de ingreso?? En Anses deben tomarlos??
 #26529  por gabita
 
[si te lo toman pero consejo lleva una copia de la circular y adjuntala en el expediente yo hice eso porque en la udai de urquiza no la conocia ni la jefa de la udai pero despues que le di la copia lo tomaron sin problema