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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #260070  por Dr Rop
 
Hola foristas, consulta tonta, cuando saco el turno del seclo , si me equivoco en la fecha de ingreso al trabajo, se puede ratificar? o no hace falta y puedo ir al juicio?, lo mismo pregunto si me olvide de reclamar algo? o me confundi en algun numero!, gracias! a todos!!
 #260075  por GU
 
Se puede RECTIFICAR en las audiencias de conciliacion.

Saludos!
 #260112  por klaudia7
 
Hola Dr. Rop, se cerro o no SECLO? Qué dice el acta en cuanto a leyes, montos, etc?
 #260201  por Dr Rop
 
GRACIASSS!! Klaudia7, si cerro el seclo, ahora ya se que rectifico en la misma audiencia, el problema es que cerro, y no ratifique la fecha de ingreso, despues le deben el ultimo mes que trabajo que no le pagaron y no fijura en el acta como reclamado, y despues dice el acta mas o menos que reclamo toda la indemnizacion por despido y demas proporcionales, vacaciones, sac, etc!, y reclamo por multa por mal registro en la fecha de ingreso y la multa por ir al seclo.
no la tengo a mano despues te la paso bien igual muchas gracias!
 #260204  por klaudia7
 
OK, dale pasala, te pregunto: en los TCL hiciste mención del salario adeudado y las fechas?
 #260270  por Dr Rop
 
GRACIASSSSSSSSSS!! hice menciòn de los salarios adeudados, de la fecha no puntalmente desde cuando correspondia pero si reclama que estaba mal registrada la relación.

en el acta dice: los rubros reclamados por la parte requirente son: Indemnización por antiguedad, preaviso, integración sac s/rubros anteriores vacaciones no gozadas sac s/vacaciones no gozadas sac julio y agosto multa 25323 art. 1 y 2.

ah tambien te comento que no acepte el certificado del art. 80 porque estaba mal el contenido, y tambien rechaze el certificado de servicios y remuneraciones por el mismo motivo.

MUCHAS GRACIAS !!!