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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #260573  por verito80
 
Hola:
´Les comento que hoy tengo sentencia en mi primer divorcio, art.214 inc.2...necesito que me digan si voy bien...
notifico la sentencia al domicilio real, hago testimonio y oficio al registro de las personas...
Pero aca mi duda en el tema de alimentos solicite embargo del sueldo y apertura de la cuenta en Bco. Pcia, aca libro oficio al empleador para que retenga y al bco para la apertura de la cuenta....
Espero sus opiniones, gracias.-
 #260736  por SVUM
 
SI TENES LA SENTENCIA TE DEBEN DE HABER RGULADO HONORARIOS, ENTONCES LOS TENES Q PERCIBIR, HACER LOS APORTES Y UA VEZ Q TENGAS LA SENTENCIA NOTIFICADA, FIRME Y SE HAYAN ACREDITADO EN EL EXPTE EL PAGO DE LAS CARGAS PREVISIONALES Y FISCALES SE LIBRA EL OFICIO Y TESTIMONIO P INSCRIBIR.
CON RESPECTO AL EMBARGO DE LOS ALIEMTOS TE LO DIERON??? SI ES ASI EN LA MISMA RESOLUCION TE DIRAN Q HAGAS OFICIO AL EMPLEADOR P Q RETENGA Y DEPOSITE EN LA CUENTA Y SINO TENDRAS Q PEDIRLO PRIMERO.
CARIÑOS
SABRI
 #261051  por verito80
 
Hola Sabri, Muchas gracias por tu respuesta, te comento que si ya regularon honorarios y lo que me faltaria sería pedir por los alimentos, nuevamente gracias