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  • HONORARIOS EN DAÑOS Y PERJUICIOS

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #261606  por marielacui
 
Hola. Mi duda es si en un daños y perjucios (que todavia no tengo el monto total) debo hacer convenio de honorarios y por lo tanto cobrar todo al final, o como hago? O sea, cobro el porcentaje que arregle en el convenio mas los honorarios que me regulen... mientras tanto nada? gracias
 #261975  por Moniluj
 
Hola, en general se pacta cuota litis en d y p. Hasta 30% puede ser dependiendo de la complejidad del asunto. En un 20% estarías bien. Hacé firmar pacto, sí o sí. No significa que tengas que cobrar todo al final, podés ir recibiendo dinero en forma de adelanto y a cuenta del total. Lo que pasa es que el cliente te confunde, seguro, piensa que tiene que pagarte solamente si gana, si pierde, él/ella no pierde nada y el abogado pierde tiempo y dinero. Se lo tenés que aclarar.
También podés esperar a la regulación, con el mismo sistema: te da adelantos y luego lo descontás de la regulación la que se practicará ganes o pierdas. Espero te sirva la opinión. Saludos.