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  • Tengo oficio,como sigo c/embargo

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 #261301  por sanfi
 
Que tal colegas. Tengo que embargar dentro de una sucesion honorarios impagos por un expte de familia que el causante no pago.
Dentro de la sucesion me presente y solicite el embargo, no hice nueva liquidacion y me proveyeron librese oficio al Banco donde el causante tiene depositado fondos.
Tengo el oficio, vá dirigido al BBVA Banco Frances. No sé a qué sucursal llevar el oficio, si a la sede central o a la del barrio donde vivia mi cliente :oops:
Otra duda: cuando lo lleve al oficio, me lo sellen, lo devuelvo al Juzgado, COMO SIGUE EL TRÁMITE ? El banco deposita y como hago para retirar los fondos ?
Perdón por mi ignorancia, esos honorarios tienen más de dos años, es casi lo primero que hice en familia desde que me matriculé, y no sé como poder cobrarlos ...
Desde ya agradezco cualquier orientación que me puedan dar.
Un saludo, Sanfi
 #261580  por mffus
 
En principio me fijaría en el expediente si la cuenta se encuentra denunciada, seguro que habrá un certificado donde dice la dirección del banco donde cobraba alguna vez el causante.
Por las dudas en ese caso, preguntá en la casa matriz del banco en cuestión, para ver si ellos reciben el oficio y lo reenvían o te dicen cual es la sucursal para presentarlo, y sobre todo, si ellos depositan los fondos (obviamente si,pero en este país nunca se sabe)
Una vez hecho eso, haces un escrito al juzgado pidiendo se te libre el giro, atento la contestación del oficio de fs... y ojo denunciá tu nro de DNI y CUIT por las dudas.
Acepto otras sugerencias si las hubiera
Espero te haya servido.
Saludos
 #261766  por sanfi
 
Hola mffus. Sí, la cuenta está denunciada en el sucesorio. Averigue la sucursal, y hoy lo despaché.
Creo que tienen que depositar dentro del 5to dia. Antes que contesten tengo que adjuntar el oficio diligenciado no ?
Cuando contesten, hago como vos decis "se libre giro", y despues como es? el Juzgado me dá algo para ir a cobrar ? un cheque o algo así ?
Repito, perdón por mi ignorancia, pero nunca cobré por medio de giro..... :oops:
 #262148  por mffus
 
Efectivamente, una vez que dejes escrito pidiendo el libramiento de el cheque, tenes que esperar que consienta (pregunta cuando "toma nota") , ej. si toma nota el martes tenes esperar 5 dias, (o viernes) luego... a cobrar, eso si, con tu DNI !
Despues no tenes mas que festejar.
Saluditos, y cualquier otra duda pegá otro gritito, que en lo que pueda te ayudaré.
Chaucito
 #262150  por mffus
 
Ah, me olvidé, tenes que acreditar el diligenciamiento del oficio, esa era tu primer pregunta, lo que pasó es que de apurada te conteste volando.
Para mayores datos (esto tampoco lo sabía en ese entonces, no sabes las veces que quedé como una tonta cuando me decían "pida el libramiento del giro"), "giro" es lo mismo que "Cheque).
Saluditos de nuevo.
 #262152  por mffus
 
Sanfi, no pidas perdón "por la ignorancia", no es ignorancia, es el deseo de aprender. Todos aprendemos un poco más día a día y sobre todo tratando de poner buena onda.
Saluditos otra vez.
 #262262  por sanfi
 
Gracias mffus por responder.
Hago eso entonces, adjunto oficio diligenciado, contestan y depositan (supuestamente), solicito se libre giro y cuando me lo proveen voy a cobrar.
Sabes como arrancan estos honorarios ? A mi cliente lo demandan por alimentos, vamos a la audiencia en etapa preliminar; ahi acordamos alimentos, tenencia y visitas; sale la sentencia de homologacion de los acuerdos, le digo a mi cliente que regularon más plata que lo que habiamos hablado porque antes era honorarios sólo por alimentos, y que ahora se habian resuelto 3 juicios en uno. :roll: UFFFFF se enojó, se puso como loco, diciendome que no me pagaría porque habíamos areglado otra cosa, y que no lo llame más para molestarlo porque plata más no hay. :oops:
Me re-embronqué, pero dije bueno, era diciembre, espero a febrero o marzo para llamarlo nuevamente.
No llegué. Dios dispuso antes y se lo llevó.
Ahi fue el problema. A quien notificaba? al Cementerio? El Señor habia fallecido y la sucesion en veremos.
Así que tuve que esperar a que la abran, hacer todo el tramite en familia, me dijeron que yo no era a creedora del causante cuando adjunté en la sucesion la sentencia con la regulacion de honorarios. Todo una locura.
Pero yo, me propuse cobrarlos igual, auque sea poca plata. Imaginate lo que regulan en familia :lol: .
Viste mffus; no es pedir perdón por no saber, pero a alguien le puede causar asombro mi pregunta; en el sentido: "dios mio, como no sabe cobrar un giro..." pero bueno... cuando algo no sé como se hace, lo digo, si eso no sé a preguntar.
Esta es la grandeza que tiene el foro y persona como vos. Que aunque sean preguntas bobas, contestan, colaboran, siempre a alguien lo podes ayudar.
GRACIAS MFFUS !! cuando leas pregutonta....esa soy yó !!
LO MEJOR PARA VOS Y MIL GRACIAS !!! :lol:
 #264181  por TAN
 
Gente, no se si se dijo, pero una vez que el banco conteste, el juzgado te va a pedir para liberarte el giro que adjuntes saldo bancario, si es sucesion en cap, seguro la cuenta sea en banco nacion, de uruguay y lavalle, ahi vas al segundo piso y en el mostrador del fonde lo pedis, sale $ 8.27, te lo dan en el momento, y entonces te diria, directamente lo adjuntes a tu escrito pidiendo el giro.
Saludos !!
 #264256  por mffus
 
Tenes razón, me había olvidado lo del saldo bancario. ji ji
Sigan las sugerencias, que me vienen bárbaras
Saludos a todos y a preguntonta mis felicitaciones por tanta buena onda. !