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 #262178  por vicurt
 
hola a todos. pregunta.
tengo un expediente por escritutación. una vendedora se murió y estoy con los oficios al reg. Nac. de las Personas y la policia federal solicitando envien fichas o documentacion con las firmas.
la otra vendedora esta rebelde. que hago sobre esta ? tengo que pedir se fije audiencia para que forme cuerpo de escritura? lo tiene que pedir el perito? o como esta rebelde no hago nada.
gracias
saludos
 #262191  por Sailaw
 
Con la rebelde no tenes que hacer nada, con la difunta si, existen firmas fehacientes en el Registro de las personas, y con eso se hace la pericial.
 #262192  por abogado1987
 
vicurt, en relación al rebelde tené presente que ...

59. Rebeldía. Incomparecencia del demandado no declarado rebelde. La parte con domicilio conocido, debidamente citada, que no compareciere durante el plazo de la citación o abandonare el juicio después de haber comparecido, será declarada en rebeldía a pedido de la otra.
Esta resolución se notificará por cédula o, en su caso, por edictos durante dos días. Las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas por ministerio de la ley.
Si no se hubiere requerido que el incompareciente sea declarado rebelde, se aplicarán las reglas sobre notificaciones establecidas en el primer párrafo del artículo 41.
 #263024  por vicurt
 
Gracias chicos.
aclaro: sobre la muerta ya dilgencie los oficio.
sobre la otra vendedora: ya esta declarada rebelde y notificada de la resolucion.
mi duda es: si tengo que citarla para formar cuerpo de escritura? o el hecho que este rebelde hace que no tenga que probar si la firma del boleto de compraventa le pertenece. ?
saludos