Somos empleados provinciales transferidos desde Nacion por una Ley de Puertos sobre la transferencia de los mismos a la provincia. Mientras dependiamos de Nacion nos hacian los aportes previsionales y obra social tanto en el sueldo como en las horas extras. Todo en blanco.
Al pasar a pcia.tendriamos un potencial litigio con el empleador por el pago de aportes previsionales, obra social y cuotas gremiales sobre las horas extras trabajadas. El empleador es la Pcia.de Bs.As. y nosotros fuimos transferidos de Nacion a Pcia. por la Ley de Puertos donde se garantiza fehaciente y explicitamente la preservacion de los derechos laborales y remuneraciones.
Esto sucede desde el año 1994 a la fecha y redunda en una sustancial caida de los ingresos en los trabajadores que se jubilan.
Es factible legalmente el reclamo ? Si alguien lo cree asi, necesitamos un patrocinador que nos represente. Hay antecedentes de reclamo s/el tema.Somos aprox.70 empleados.
Gracias por su atencion.
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Al pasar a pcia.tendriamos un potencial litigio con el empleador por el pago de aportes previsionales, obra social y cuotas gremiales sobre las horas extras trabajadas. El empleador es la Pcia.de Bs.As. y nosotros fuimos transferidos de Nacion a Pcia. por la Ley de Puertos donde se garantiza fehaciente y explicitamente la preservacion de los derechos laborales y remuneraciones.
Esto sucede desde el año 1994 a la fecha y redunda en una sustancial caida de los ingresos en los trabajadores que se jubilan.
Es factible legalmente el reclamo ? Si alguien lo cree asi, necesitamos un patrocinador que nos represente. Hay antecedentes de reclamo s/el tema.Somos aprox.70 empleados.
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