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  • citación policial luego de accidente tránsito

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 #262056  por Susana
 
Hola a todos!!
Les hago una consulta. Mi cliente tuvo un accidente en la ruta, por el cual lo impacta otro vehículo que venía en dirección contraria, pierde el contro e invade el carril por el que circulaba mi cliente. Se realizó la correspondiente denuncia en la compañía de seguros del tercero y no se llegó a un acuerdo con respecto al monto, ahora estamos por iniciar la demanda por daños y perjuicios.
La consulta que les hago está relacionada, que le llegó un radiograma de la policiá citándolo para mañana viernes 07/11 para que se presente en esa comisaría en calidad de imputado s/ sumario nro xxxx. Y acá viene la pregunta: es necesario q lo acompañe?
2.- Cuál es la razón de la citación
Les agredecería cualquier dato que puedan brindarme de como proceder mañana.
Saludos ;)
 #262437  por Pandilla
 
Hola Susana, se supone que no es la Policía la que tiene que llamar a declarar. Ahora, por aquello de cada maestrito con su librito, posiblemente, existe por allá alguna Ley Especial de Tránsito, (y la Policía se rige por el contenido de esa Ley), y habría que ver si el CPP de aplicación en la Jurisdicción refiere al tema.
Por otro lado, entiendo que, (y ya que lo "citan en calidad de imputado"), que Usted lo acompañe. También, habrá que ver si esta denuncia surgió antes o después de la no puesta en acuerdo de las Partes.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #262444  por Susana
 
Gracias pandilla!
No dice, ni especifica nada. Solamente que lo citan en calidad de imputado, de tal sumario, y lo citan para el día 7/11 pero sin especificar hora
 #262451  por Pandilla
 
Bueno, habría que ver si el CPP de la Jurisdicción admite el procedimiento, salvo que sea una facultad que puede ser derivada por Fiscal o Juez. Cada Provincia tiene sus juegitos más o menos raros. Tal vez, la Policía, sólo cumplió con un rol de "comunicador".

Saludos.
 #262478  por Pandilla
 
Bueno, como muy posiblemente exista alguna Ley, Decreto and afines de carácter formal o material, creo, lo mejor es presentarse y mejor si Usted lo acompaña. Igual, no deje de darle una leída a las Leyes y Decretos de tránsito, (además, hay una Ley Nacional de Tránsito), tal vez, algo refieran.

Saludos.