Hola a todos; pregunta, en una sucesión los 30 días de plazo luego de la última publicación de edictos, son corridos, es decir días hábiles e inhábiles? gracias por todo.
valgarcia73 escribió:Hola a todos; pregunta, en una sucesión los 30 días de plazo luego de la última publicación de edictos, son corridos, es decir días hábiles e inhábiles? gracias por todo.Hola, según el artículo 699 del CPCCN, el plazo fijado por el art. 3539 del CCivil se computará en días corridos, salvo los que correspondieren a ferias judiciales.
Saludos!