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  • NOTIFICACION EXCEPCION AL PLAZO ART 125

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 #263104  por diegogvillamayor
 
Hola que tal , tengo una duda, en una pericial caligrafica se notifica a la otra parte pero no con el plazo de 3 dias que dice el codigo sino con 2 dias solamente.
y la otra parte manifiesta que no va ya que tenia otra cosa que haer pero no acredita nada.
Conocen jurisprudencia o doctrina que diga que ese plazo puede obviarse teneiendo en cuenta que la otra parte se ha notificado pero no fue porque tenia otra cosa para hacer y no por el pazo en si?

saludos y gracias
 #263144  por estudleon
 
Si la parte notificada no va, considero que hay nulidad de la notificacion a decretar aun de oficio.
 #263338  por Sailaw
 
Si citado a una audiencia (en este caso es a cuerpo de escrituras o firmas), no va, está reconociendo en forma ficta los documentos dubitados y que dieran lugar a la pericia, asimismo si trata de justificar su inasistencia de una forma no apropiada (como en este caso), queda firme la confesión ficta. (la tenes que solicitar)
 #263368  por diegogvillamayor
 
gracias sailaw, eso es lo que pedi, pero el mismo dia de la audiencia, mas tarde, la otra parte dejo un escrito pidiendo que no se tomen en cuenta lanotificacion por no cumplir con el plazo del 125 y a su vez manifesto que no fue porque el abogado tenia otro compromiso, me dieron traslado de esto y estoy contestando. Si digo que si la parte no fue no es justificativo que el abogado tenga otro compromiso y no lo haya manifestado antes, pero queria saber como ataco por asi decirlo, el tema de no cumplir con el plazo de los 3 dias.
Si tenes doctrina o jurisp que me ayude te lo agradecere.

saludos
 #263371  por Sailaw
 
No, si notifico fuera del plazo mínimo, se deberá designar nueva audiencia.