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 #262566  por GALVAN
 
Soy nueva en esto perdon por lo básico de mis consultas y por mi audacia . Envie C.D. a unos incuqilinos que hace 8 meses que no pagan y nunca tuvieron contrato. No reciben las C.D. , inicie el dealojo, notifique y tampoco recibieron nada . Ya etá el informe del notificador que dejo pegado en la puerta la notif. como sigo ???? que escrito presento para solicitar el desalojo ??? agradecería respuestas tipo el A-B-C del desalojo. Mil gracias.
 #262608  por Sailaw
 
Si está notificada, si no contestan demanda, se solicita se de por decaído el derecho de hacerlo en lo sucesivo, y se prosigue el juicio, si este tramita en Capital, una vez trabada la litis (que en este caso lo está), se puede solicitar el desalojo anticipado del art. 684 bis del CPCC y pedir la desocupación inmediata previa caución, que bien puede ser un embargo sobre la propiedad, que se levanta al consentirse la sentencia posterior de desalojo.
 #263069  por GALVAN
 
Gracias por tu respuesta pero hay dos detalles que omitì aclarar.
1º El inmueble está en provincia pero´aùn asì
2º La propiedad fue vendida por un problema legal del dueño del inmueble y en la actualidad el titular de dominio es otra persona, que no està presentada en la causa,por lo tanto no puedo poner esta propiedad como caucion y no tiene otra.
No puedo pedir de todas maneras el desalojo con una caucion juratoria. La propiedad del inmueble ya està demostrada al principio de la causa. Si tenes otra idea te la agradezco
 #263281  por Sailaw
 
No, si es en Pcia, vas a tener que ir hasta la sentencia, porque el art 676 bis del CPCC Bs.As. solo contempla ese tipo de desalojo anticipado en usurpaciones.