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  • ADOPCION O TENENCIA?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #263525  por eji779
 
HOLA! TENGO UN CASO QUE NO SE POR DONDE ENCARAR Y QUE HACER, ES EL SIGUIENTE: UNA SRA. TIENE 4 HIJOS, DOS DE UN PRIMER MATRIMONIO (23 Y 21 AÑOS) Y DOS NENAS DE UN CONCUBINATO POSTERIOR AL DIVORCIO (10 Y 11 AÑOS) UNA DE LAS NENAS TIENE EL APELLIDO DEL PADRE, O SEA, EL CONCUBINO, Y LA OTRA EL MATERNO SOLAMENTE. LA SRA. MADRE DE LAS NENAS MURIO HACE DIAS, LAS NENAS VIVEN CON UN TIO (HERMANO DE LA MADRE), EL PADRE DESAPARECIO PRACTICAMENTE DESDE QUE NACIERON Y LOS HERMANOS MAYORES NO SE INTERESAN. EL TIO TIENE LA TENENCIA DE HECHO, QUIERE "LEGALIZAR" LA SITUACION PARA LA OBRA SOCIAL Y PARA COBRAR LAS ASIGNACIONES Y TODO LO DEMAS. QUE PUEDO HACER UNA GUARDA, UNA TENENCIA O UNA ADOPCION SIMPLE? Y POR LA NENA QUE TIENE EL APELLIDO PATERNO? GRACIAS
 #263807  por Monig
 
Considero que hay que separar la situación de la menor reconocida por el padre de la que no lo es. Respecto de la primera habría que tramitar la privación de la PP, cuya titularidad está en cabeza del padre, para poder tramitar la tutela; respecto de la 2º no hay problema porque al morir la madre, única titular de la PP respecto de ella tramita directamente tutela o guarda preadoptiva o, según cual sea el criterio del juzgado, directamente adopción. Cuando yo pedí directamente adopción de un menor respecto del cual la pretensa adoptante ejerce hace diez años guarda de hecho, cuyos padres se desentendieron totalmente de él, igual me decretaron que debía cumplir con el art. 316, es decir guarda preadoptiva. De todos modos como en derecho nunca está todo dicho, esperá otras opiniones que siempre nos van abriendo la mente. La experiencia ajena sumada a la propia más el estudio, enriquece nuestro acervo profesional.