Estimados, consulto. Intentaba conversar mi contrato de alquiler con el dueño de la inmobiliaria, aca en Capital Federal. En la papeleria y en el local, aparece "Nombre Apellido" y abajo "Estudio Juridico e Inmobiliario". Entonces, al llamarlo y presentarme - informandole que era abogada- le pregunto si le debo decir Dr. No me contesto esa pregunta (se limito a indicarme de modo poco gentil que no tenia tiempo) y bueno, en realidad, ni me dejo formular el comentario respecto al contrato, diciendome que los contratos no se negociaban, que eran "toma o dejalo".
En verdad voy a dejarlo, pero el modo de responder me hizo suponer que negociar una clausula le daba inseguridad, y se me ocurrio que quizas, no era abogado.
Busco en la Guia del Colegio.... y no esta matriculado. Llamo para consultar, y me confirmar que no tienen matriculado a ningun "Nombre Apellido".
El art. 56 de la ley 21.839 dice "Ninguna persona, fuere de existencia visible o ideal, podrá usar las denominaciones "estudio juridico" (...) sin mencionar los abogados que tuvieren a cargo su direccion. Sin perjuicio de la sancion penal que correspondiere, podra disponerse la clausura del local a simple requerimiento de las asociaciones profesionales de abogados y procuradores, o de oficio, y una multa de un mil pesos solidariamente a los infractores".
En el Colegio de Abogados me dijeron por tel (al consultar si estaba matriculado) que podia ser que fuera procurador, y ahi no habria ilicito. Estoy averiguando el el Col. de Procuradores.
Ahora, si no es procurador (seria raro que lo fuera, en verdad).. encuadraria en lo dispuesto por el art. 56??? Yo creo que si, ya que claramente da lugar a confusion respecto del titulo profesional de "Nombre Apellido".
Si tiene un abogado trabajando o como consultor o algo en la inmobiliaria, le basta para "zafar" de la sanción? No corresponderia haber puesto el nombre de ese abogado en el nombre???
Y ahora, desde el punto de vista etico-moral.... hago la denuncia al Colegio de Abogados? Digo, porque aunque entiendo que no corresponde hacerse pasar por profesional, en verdad lo haria porque estoy enojada con el, me trato bastante mal.
Alguien hizo una asi? podre hacerla en forma anonima, avisando en el Colegio y que ellos investiguen?
A ver que piensan. Yo estoy en eso.
En verdad voy a dejarlo, pero el modo de responder me hizo suponer que negociar una clausula le daba inseguridad, y se me ocurrio que quizas, no era abogado.
Busco en la Guia del Colegio.... y no esta matriculado. Llamo para consultar, y me confirmar que no tienen matriculado a ningun "Nombre Apellido".
El art. 56 de la ley 21.839 dice "Ninguna persona, fuere de existencia visible o ideal, podrá usar las denominaciones "estudio juridico" (...) sin mencionar los abogados que tuvieren a cargo su direccion. Sin perjuicio de la sancion penal que correspondiere, podra disponerse la clausura del local a simple requerimiento de las asociaciones profesionales de abogados y procuradores, o de oficio, y una multa de un mil pesos solidariamente a los infractores".
En el Colegio de Abogados me dijeron por tel (al consultar si estaba matriculado) que podia ser que fuera procurador, y ahi no habria ilicito. Estoy averiguando el el Col. de Procuradores.
Ahora, si no es procurador (seria raro que lo fuera, en verdad).. encuadraria en lo dispuesto por el art. 56??? Yo creo que si, ya que claramente da lugar a confusion respecto del titulo profesional de "Nombre Apellido".
Si tiene un abogado trabajando o como consultor o algo en la inmobiliaria, le basta para "zafar" de la sanción? No corresponderia haber puesto el nombre de ese abogado en el nombre???
Y ahora, desde el punto de vista etico-moral.... hago la denuncia al Colegio de Abogados? Digo, porque aunque entiendo que no corresponde hacerse pasar por profesional, en verdad lo haria porque estoy enojada con el, me trato bastante mal.
Alguien hizo una asi? podre hacerla en forma anonima, avisando en el Colegio y que ellos investiguen?
A ver que piensan. Yo estoy en eso.