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  • Usurpadores en mi casa

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 #264447  por mbaez
 
Estimados: me gustaria que me puedan asesorar en lo siguiente; resulta que mi familia presto la casa de mi abuela paterna fallecidasin firmar nada a una familia que no tenia lugar donde vivir solo por unos meses, y ya han pasado 4 años y no se van. ¿Que es lo que los herederos de la propiedad podrian hacer para desalojar a esa familia? como comienzo. la verdad estoy desespèrada porque estan comvirtiendo la casa en un burdell y para el colmo viven al lado de mi casa. Espero su respuesta y gracias por su tiempo. Mariel
 #264656  por Javito
 
Se debe iniciar la sucesión del titular de dominio del inmueble y solicitar la designación de administrador explicando la situación del inmueble, y a partir de ese momento, peticionar al juez la autorización para inicio de desalojo hasta la declaratoria de herederos. Atte
 #264770  por agresha
 
En primer lugar no estás ante usurpadores, ya que ingresaron autorizados por tu familia. Qué miembro de tu familia los autorizó? Hay declaratoria realizada? ¿Existe algún contrato de comodato? Si hay contrato procede el desalojo. En todo caso tendrías que pedir a un escribano que se constituya en el inmueble y requiera que los ocupantes manifiesten en qué caràcter ocupan dicho inmueble (tenedores o poseedores). Si surge del acta que aducen ser poseedores, lo mejor es iniciar una reivindicación (cualquier condómino puede hacerlo). Si surge, en cambio, que son tenedores precarios, basta el desalojo.
Saludos. En todo caso podés enviar carta documento intimando la desocupación del inmueble.
 #264804  por Sailaw
 
El tema va por dos vias, si tienen una constancia de recibir tenencia por cualquier motivo, corresponde un desalojo o bien por vencimiento de comodato, o revindicatoria según el motivo de la entrega.

Si no tienen constancia alguna, desalojo por ocupante

Si es el ùltimo caso, ya sea en Pcia o en Capital, una vez integrada la litis podes pedir el desalojo anticipado. previa caución.

La legitimaciòn activa te la da la declaratoria de herederos, o bien la designaciòn de administrador.