tengo que contestar una demanda laboral en capital federal ...
el tema es que con la demanda solo me llego la cedula, no me llego nada de la documental, entonces pregunto: la documental no se tiene que acompañar en su totalidad cuando se da traslado de la demanda a la otra parte ?? segun tengo entendido en el fuero laboral (capital) se puede ofrecer el resto de la prueba después, pero NO así con la prueba documental, que SI O SI se tiene que acompañar en la demanda cuando se le da traslado a la otra parte ... esto es asi ??
quiero saber esto, porque si esta bien lo que pienso, quiero pedir suspensión de plazos hasta que me den traslado en forma correcta de la demanda con toda la documental ...
esta bien ??
el tema es que con la demanda solo me llego la cedula, no me llego nada de la documental, entonces pregunto: la documental no se tiene que acompañar en su totalidad cuando se da traslado de la demanda a la otra parte ?? segun tengo entendido en el fuero laboral (capital) se puede ofrecer el resto de la prueba después, pero NO así con la prueba documental, que SI O SI se tiene que acompañar en la demanda cuando se le da traslado a la otra parte ... esto es asi ??
quiero saber esto, porque si esta bien lo que pienso, quiero pedir suspensión de plazos hasta que me den traslado en forma correcta de la demanda con toda la documental ...
esta bien ??