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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #265914  por drsantillan
 
tengo iniciada la sucesion y estoy para la publicacion de edictos y me pasa lo mismo en virtud de lo que pase avise.....saludos
 #265929  por vandem
 
[quote="andrea1982"]Vandem, no podés pedir una cautelar?[/quote]


Hola: estamos esperando a ver que nos dice el juez de la sucesión, explicamos la situación y pedimos dentro de la sucesión que libraran con carácter urgente oficio a la AFJP para que transfiera los fondos, sino nos hacen lugar, ahi si vamos a tener que ver que hacemos.
Para los que estan en la misma situación, estuve leyendo que en Córdoba un afiliado presentó un amparo con cautelar y la jueza le ordenó a la AFJP inmovilizar los fondos, cualquier novedad les cuento!! gracias a todos!!!
 #265940  por vandem
 
Hola a todos: les cuento a todos aquellos que estan en mi misma situación, que no nos va a quedar otra que el amparo, estoy leyendo que sería viable y favorable en nuestro caso, en Cordoba una jueza hizo lugar a la cautelar y hay otro fallo que se va a dictar en estos días, así que a preparar los amparos no nos queda otra!!! Suerte a todos y estamos en contacto!! Saludos!!
 #266328  por Picky
 
Yo estoy en la misma situación que muchos de ustedes. Inicié la sucesión el 28/10 y todavía, ni siquiera, salío el primer despacho, estoy algo así como desesperada.
Creen que sería conveniente que pida la transferencia de los fondos a una cuenta de autos, aún cuando todavía no esté la declaratoria?
Por favor, los que estén en la misma, pueden ir actualizando lo que les vaya sucediendo en sus respectivos expedientes? Gracias!
 #266373  por vandem
 
Hola yo estoy en una situación muy similar a la tuya, en la demanda pedí la transferencia de fondos, pero no dijeron nada sobre eso, encima como hay menores le dieron el traslado al Asesor de menores y no pude ver el expte., tampoco tengo declaratoria, creo que la única solución que nos va a quedar va a ser la acción de amparo, si por favor todos los que estan en la misma vayan poniendo las novedades, saludos!!!
 #266434  por andrea1982
 
Y como autosatisfactiva? o cautelar dentro del sucesorio?
Digo.. el heredero es dueño de la herencia desde la apertura de la sucesión... imagino que tiene que tener alguna salida para que su derecho no sea vea menoscabado...
 #266465  por vandem
 
Gracias Andrea voy a intentar la cautelar dentro de la sucesión, yo habia solicitado en forma urgente se librara oficio transfiriendo los fondos, el juzgado no se expidió y ni siquiera pude ver el expte. pero ahora voy a plantear la cautelar si o si van a tener que resolverla. Después les cuento como me fue.Saludos y gracias!!
 #266492  por pablofunoll
 
La AFJP realizo el deposito judicial de los fondos. Ahora la pregunta seria ¿es posible ir por la diferencia entre el valor cuota del dia del fallecimiento y el finalmente liquidado? porque es mucha la diferencia...ustedes conocen jurisprudencia al respecto? Segun la via administrativa, se liquida el valor cuota al dia del pago, pero eso no colisiona con principios generales segun los cuales ellos administran dinero ajeno desde que son notificados del fallecimiento? Si tienen jurisprudencia al respecto, muyy agradecido

La segunda pregunta es si esos fondos tienen caracter alimenticio, pues de eso depende que tengan o no que pagar rentas y tasa de justicia

Gracias
 #266493  por pablofunoll
 
La AFJP realizo el deposito judicial de los fondos. Ahora la pregunta seria ¿es posible ir por la diferencia entre el valor cuota del dia del fallecimiento y el finalmente liquidado? porque es mucha la diferencia...ustedes conocen jurisprudencia al respecto? Segun la via administrativa, se liquida el valor cuota al dia del pago, pero eso no colisiona con principios generales segun los cuales ellos administran dinero ajeno desde que son notificados del fallecimiento? Si tienen jurisprudencia al respecto, muyy agradecido

La segunda pregunta es si esos fondos tienen caracter alimenticio, pues de eso depende que tengan o no que pagar rentas y tasa de justicia

Gracias
 #266494  por pablofunoll
 
La AFJP realizo el deposito judicial de los fondos. Ahora la pregunta seria ¿es posible ir por la diferencia entre el valor cuota del dia del fallecimiento y el finalmente liquidado? porque es mucha la diferencia...ustedes conocen jurisprudencia al respecto? Segun la via administrativa, se liquida el valor cuota al dia del pago, pero eso no colisiona con principios generales segun los cuales ellos administran dinero ajeno desde que son notificados del fallecimiento? Si tienen jurisprudencia al respecto, muyy agradecido

La segunda pregunta es si esos fondos tienen caracter alimenticio, pues de eso depende que tengan o no que pagar rentas y tasa de justicia

Gracias
 #266527  por andrea1982
 
:roll: Y no tiene nada que ver que los herederos hayan sido dueños desde la apertura de la sucesión? Para mi tendrían que pagarlo según el valor de la cuota el día de la muerte del causante... Pero lo digo por sentido común y no por otra cosa... :S
 #266963  por inesla
 
Hola, vos sabés qué me parece que la ley y algún reglamentario idcen que es a la fecha de liquidación, para lo cuál tiene x resol. de la super afjp, 20 días hábiles. No obstante ante la particularidad de la situación, creo que hay que ir a la justicia reclamar, aún pidiendo la inconstitucionalidad de la ley y sus reglamentarios, no?? sds
 #268174  por pablofunoll
 
INESLA, hay una reglamentacion que dice justamente eso, o sea que por via administrativa si, tienen razon
Ahora, mi pregunta es ¿por via judicial? ¿conocen jurisprudencia al respecto?