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 #266099  por Giovanna
 
Hola!!! tengo un amigo que es motoquero en una casa de comidas, ayer se lo llevo puesto un auto, y me llamo para que haga el reclamo tiene todos los datos de la persona que lo choco, no le genero daños mas que un buen golpe, nunca hice nada sobre el tema recien estoy en mis primeros pasos... que debo hacer, como se inicia todo este tipo de reclamo..
Gracias!!!!
Saludos!!!
 #266346  por diegogvillamayor
 
hay causa penal? si no tiene nada y la moto tampoco que pensas reclamar?
estas seguro que fue culpa del auto?
como fue el choque?
 #266825  por Giovanna
 
hoy quedo en llamarme, parece que fue culpa del auto que doblo mal y no lo vio, solo tiene golpes y la moto un poco rayada.. es viable intentar algo..?
gracias por responderme.. saludos
 #266853  por diegogvillamayor
 
todo depende del choque, 1 asegurate que la culpa no sea de tu cliente.
en gral cuando hay motos casi siempre son ellos los responsables.
 #266866  por Giovanna
 
ahhh.. oki... estoy esperando su llamado...muchisimas gracias por responder! saludos
 #267332  por gabriel83jus
 
No estoy de acuerdo con lo de que la CUlpa siempre sea del motoquero, por el solo hecho de ser motoquero, , hay que ver las consideraciones de hecho, los reclamos en su mayoria son viables, pasos a seguir... denuncia policial, dejando constancia del hecho, datos del embistente, cñia de seguros, etc, ... mientras tanto que tu amigo se vaya preparando algun presupuesto (al menos 2) sobre los daños materiales de la moto, y q se haga ver en algu medico , si es de parte mejor, , y cundo quieras llamas a la aseguradora del requerido y denuncias el hecho y te van a dar el numero de siniestro, le pedis fecha para revisacion medica , , estudio juridico o letrado interviniente y dsp solo te va llevando , , ,
 #267480  por Taneyev
 
Pero debes tener presente que la culpa del otro debe ser clara, indudable y demostrable.
En general, los jueces parten de una presunción (no escrita pero que existe). de que los
motoqueros son unos irresponsables y que generalmente son los que provocan los accidentes.
 #267516  por gabriel83jus
 
si si eso no lo niego tenes razon, , peor para eso tenemos que ver el acta policial o ver que dice la IPP, , pero sin saber del tema no podemos decirle !! los motoqueros son los responsables, , ! no me refiero a tu posteo , ,en fin la verdad esta escrita, , suena a evangelista ja pero me refiero a tomar vista de donde resulta la prueba de todo accidente, , , por lo menos asi me manejo con eso ,, ,
en principio general y como fuente de "comida" es viable.-.-
 #267589  por Giovanna
 
por lo que me conto, la señora le dio los datos del seguro y sus datos personales. el ya se hiso ver en un hospital publico, la señora no realizo la denuncia. el hecho fue que el estaba esperando que le de paso el semaforo y la señora que estaba atras se le adelanto para doblar enganchando su puerta en el vidrio de la moto, tirandolo en cuanto intento hacer esa maniobra para doblar.
tenia pensado mañana llamar a la señora para pedirle bien los datos de su seguro ya que le dio una cantidad de numeros y lestras pero ningun numero, ni nombre de la cia.
gracias por sus comentarios..
Saludos!!!!
 #267994  por diegogvillamayor
 
GABRIEL si lees bien dije CASI SIEMPRE, no SIEMPRE.
es como te dijeron, los motoqueros siempre estan mal vistos.
y tiene q ser muy clara la culpa del otro para que fallen a favor de ellos.

pero si de la prueba surge que no es su culpa.....

saludos
 #268938  por crichu
 
Si el accidente fue encapital federal tu cliente tiene que hacer una "lesiones 94" y si fue en provincia una denuncia penal por lesiones culposas.Una ves hecho esto tenes que ver que postura toma la compania del causante,si te aceptan un reclamo administrativo,presentalo con un informe medico con la dicapacidad sobreviviente y un presupuesto de reparacion del motorodado,asegurate que la denuncia sea clara(sin cosas raras)y la responsabilidad clara del conductor del auto;y que tu cliente no tuvo oportunidad de evitarlo.Presenta la documentecion medica que le dieron en el hospital publico con algun comprobante de atencion o receta con fecha que acredite que fue atendido.Confirmame que compania es y te puedo dar pautas de negociacion dependiendo de cual sea.Un abrazo.
 #269524  por Mordisco
 
INICIA DEMANDA DE DAÑOS Y PERJUICIOS:



Señor Juez:

JUAN GONZALEZ, abogado (Tº.., Fº..), C.U.I.T. n°......., con el patrocinio letrado del Dr.ESTEBAN GONZALEZ (Tº.., Fº..), C.U.I.T. n°....... constituyendo ambos domicilio legal (o procesal) en la calle Rivadavia N°1, a V.S. me presento y digo:



I. PERSONERIA:

Como lo acredito con la copia del poder (general o especial) que acompaño, soy apoderado del Sr.Juan Ronco, con domicilio real en la calle Pedernera 540 de esta ciudad.

En virtud de las facultades conferidas solicito desde ya ser tenido por parte en representación del nombrado.



II. OBJETO:

Que en virtud de la personería invocada vengo a iniciar formal demanda de daños y perjuicios contra “PUNCH S.A.”, con domicilio en la calle 520 N°235 de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, y/o quien resulte propietario del camión marca Fiat patente ROU-200, por cobro de la suma de $79.100,00, con más actualización monetaria, sus intereses y costas, o lo que en más o en menos resulte de la prueba a producirse, de conformidad a los hechos y el derecho que a continuación se exponen.



III. CITACION EN GARANTIA:

En razón de encontrarse asegurado el vehículo indicado en "INSURANCE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A." con domicilio en la calle Córdoba 1500 de esta ciudad, solicito a V.S. que disponga la citación de la misma al proceso en los términos del art.118 de la ley 17.418.



IV. HECHOS:

El día 4 de junio de 2000 mi mandante circulaba a bordo del automóvil de su propiedad marca Renault 18 patente TCX-102 por la avenida 7 de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires. Al llegar a su intersección con la calle 50 fue violentamente sesgado en su línea de marcha, como consecuencia de lo cual sufrió severos daños en la parte frontal de su conducido por el camión marca Fiat patente ROU-200 que, guiado a excesiva velocidad por Eduardo Cerezo avanzaba por esta última arteria.

Aún cuando mi mandante tenía prioridad de paso, el demandado arremetió con evidente pérdida del dominio de la cosa que conducía, lo cual sin dudas fue la causa del siniestro relatado.

Como consecuencia del mismo, mi poderdante sufrió serias lesiones en su costado izquierdo: fractura de costilla, golpe en la cabeza y brazo del mismo lado, con la consiguiente pérdida de conocimiento, por lo cual fue trasladado para su inmediata atención al Hospital.......... de la ciudad de La Plata.

Asimismo, el vehículo de su propiedad fue seriamente dañado sobre la parte frontal y lateral derecha, afectándose inclusive partes vitales o estructurales.



V. INTEGRACION DEL RECLAMO.



A) INCAPACIDAD SOBREVINIENTE:

Que, como consecuencia del siniestro de que fuera objeto mi mandante ha sufrido fractura de costilla, golpe en la cabeza y brazo del mismo lado, con la consiguiente pérdida de conocimiento. Ello redunda en una incapacidad parcial y permanente del 20%, pues le impide no sólo desempeñarse en diversas actividades, sino en particular como profesor de tennis. En este sentido debo decir que mi mandante jugaba para la primera del club "HARROD'S GATH & CHAVES".

Solicito por este rubro la suma de $30.000,00.



B) DAÑO ESTETICO:

Asimismo, el hecho luctuoso le ha producido daños en su rostro con dos notables cicatrices que aún cuando sean sometidas a cirugía reparadora, no producirán un mejoramiento óptimo de la estética del rostro de mi mandante, pues en su ceja izquierda no volverán a crecer pelos sobre su cicatriz.

Solicito por este rubro la suma de $15.000,00.



C) DAÑO MORAL:

El sufrimiento de que fue objeto el actor a partir de la intervención quirúrgica a que debió verse sometido en el brazo, como así también las fajas puestas sobre su caja torácica le han producido secuelas de dolor que todavía padece.

Por este ítem se reclama la suma de $15.000,00.



D) DAÑO EMERGENTE DEL VEHICULO:

Ya señalé que el siniestro ha producido distintos daños en el vehículo de mi representado.

Conforme surge del presupuesto acompañado, la correcta reparación de las partes afectadas del vehículo marca Renault 18 patente TCX-102 implica un total de $6.000,00.



E) DESVALORIZACION DEL RODADO:

Todo impacto en la parte estructural de un vehículo resulta notable a los ojos de un experto, afectando consecuentemente su valor de reventa en el mercado del usado. En el caso, a partir del siniestro, todo el lateral puede apreciarse a simple vista como afectado por el impacto, y en especial la puerta trasera izquierda que no cierra en la forma debida, por lo cual reclamo una indemnización de $1.200,00, o sea un 10% de su valor.



F) LUCRO CESANTE:

El reclamante tenía 30 alumnos a quienes impartía en el citado club clases de tenis, a razón de $20,00 la hora a razón de una hora por alumno y una hora por semana, lo cual debió suspender por el plazo de 4 meses.

Consecuentemente reclamo por este ítem la suma de $9.600,00.



G) PRIVACION DEL USO:

Sin perjuicio del reclamo correspondiente al lucro cesante, es evidente que mi poderdante se ha visto privado de utilizar el automotor para diversos fines como esparcimiento o el simple desplazamiento, por lo cual y dado que la reparación implicaría una demora de 30 días, reclamo la suma de $500,00.



H) GASTOS DE REMOLQUE:

Como quedó dicho, el siniestro se produjo en la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires. Como consecuencia del siniestro, el vehículo quedó inmobilizado, por lo cual su traslado hasta el garage donde se encuentra depositado debió realizarse mediante remolque, por lo cual debí sufragar la suma de $300,00.



I) GASTOS DE DEPOSITO:

Desde que el vehículo fue depositado en el Garage "Juan de Garay" de esta ciudad, luego de ser examinado en la causa penal -junio de 1995- transcurrieron 10 meses, a razón de $150,00 por mes, lo cual hace un total de $1.500,00 por este rubro.

Aclaro desde ya que hago reserva de ampliar el presente rubro hasta tanto el vehículo sea reparado y pueda circular.



VI. LIQUIDACION. En síntesis, el monto reclamado se integra de la siguiente forma:

A) Incapacidad sobreviniente ...….. $30.000,00.

B) Daño estético ..............……..... $15.000,00.

C) Daño moral .................……….. $15.000,00.

D) Daño emergente del vehículo ….. $6.000,00.

E) Desvalorización del rodado ...….. $1.200,00.

F) Lucro cesante ................………. $9.600,00.

G) Privación del uso ..............………. $500,00.

H) Gastos de remolque .............……. $300,00.

I) Gastos de depósito ..........………. $1.500,00.

TOTAL: ........................………….. $79.100,00.



VII. PRUEBA:



A) DOCUMENTAL:

1. Presupuesto de reparaciones del taller "JORGE".

2. 10 recibos de depósito del vehículo de propiedad de mi mandante, expedidos por el Garage "Juan de Garay".

3. Factura de pago del remolque del vehículo de propiedad de mi mandante, expedida por la empresa "EL PUNTUAL".



B) CONFESIONAL:

Solicito se cite al demandado a absolver posiciones en la audiencia que oportúnamente se designe bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art.417 del Código Procesal.



C) INFORMATIVA. Solicito se libre oficio a:

1. Juzgado en lo Criminal y Correccional Nº1 de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, a fin de que remita “ad effectum videndi et probandi” la causa penal Nº2.345 caratulada "CEREZO, EDUARDO s/LESIONES".

2. Registro Nacional de la Propiedad del Automotor a fin de que informe sobre la titularidad de los vehículos marca Renault 18 patente TCX-102, y camión Fiat patente ROU-200.

3. Hospital ........ de la Ciudad de La Plata, a fin de que remita fotocopia certificada de la Historia Clínica Nº......., e informe si el actor concurrió varias veces por semana para su atención, la cual se requerirá en los términos de la ley 22.172.



D) TESTIMONIAL: Solicito se cite a prestar declaración por el Juzgado en los términos del art.434 del Código Procesal a los siguientes testigos:

1. Jorge Admiral, profesor de tenis, domiciliado en la calle Osorio 331, de esta ciudad. Su declaración está vinculada al reclamo por “incapacidad sobreviniente”, “daño estético”, “daño moral”, y “Lucro cesante”.

2. Vicente Fiorito, médico clínico, domiciliado en la calle Rivera Indarte 2000, de esta ciudad. Su declaración está vinculada al reclamo por “incapacidad sobreviniente”, “daño estético”, “daño moral”, y “Lucro cesante”.

3. Gustavo Di Toto, empleado, domiciliado en Combatientes de Malvinas 300 de la localidad de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires. Su declaración está vinculada al reclamo por “incapacidad sobreviniente”, “daño estético”, “daño moral”, y “Lucro cesante”.

4. Fabián Chapita, empleado, domiciliado en Rivadavia N°234 de la ciudad de Santa Fé, Provincia de Santa Fé.

D) 1. TESTIMONIAL EN EXTRAÑA JURISDICCION (Ley 22.172).

Para el testigo Sr. Fabián Chapita, domiciliado a más de 70 kilómetros de la sede del juzgado a vuestro digno cargo solicito que su declaración se produzca ante el Juzgado Civil en turno de la ciudad de Santa Fé, Provincia del mismo nombre, mediante Oficio Ley 22.172. A tal efecto doy cumplimiento a lo dispuesto por el art.453 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Dicho testigo procederá, previo juramento de decir verdad, a declarar a tenor del siguiente interrogatorio:

1) Por las generales de la ley.

2) Para que diga el testigo en que circunstancias conoció al actor.

3) Para que diga el testigo si sabe y le consta si el actor comenzó a estudiar una carrera universitaria.

4) Para que diga el testigo si sabe y le consta hasta que año de la carrera continuó sus estudios.

5) Para que diga el testigo si sabe y le consta como obtenía el dinero para costearse sus estudios.

Quedan autorizados para tramitar el correspondiente Oficio-Ley 22.172 los Dres.... y ....., o quienes ellos designen.

D) 2. RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTAL.

Solicito asimismo que, en los términos expuestos se cite a reconocer documentos a las siguientes personas:

a) Jorge Fierro, propietario del taller "JORGE", domiciliado en Conde 23 de esta ciudad, a fin de que reconozca la autenticidad del presupuesto acompañado.

b) Néstor Guardiola, propietario del Garage "Juan de Garay", domiciliado en Zubizarreta 189 de esta ciudad, a fin de que reconozca la autenticidad de los recibos adjuntados.

c) Miguel Corsa, propietario de la empresa "EL PUNTUAL", domiciliado en Viel 765, para que reconozca la autenticidad de la factura acompañada.



E) PERICIAL. Solicito se designe a expertos en las siguientes especialidades:



1. MEDICO LEGISTA. Para que se expida sobre los siguientes puntos:

a) Si como consecuencia del siniestro el actor padece de incapacidad alguna.

b) Secuelas que presenta el actor como consecuencia del evento dañoso.

c) En que medida tal incapacidad puede afectarle para laborar como profesor de tenis.

d) Que posibilidad existe de que luego de someterse a una operación de cirugía reparadora el actor vuelva a tener su rostro como dan cuenta las fotografías acompañadas.

CONSULTOR TECNICO:

Como consultor técnico de mi parte designo, en los términos del art.459 primer párrafo del Código Procesal al Dr. Pedro Stagnaro, con domicilio en la calle Olazábal 2020.

Desde ya solicito se le haga saber al perito médico a designarse que deberá informar en autos lugar, día y hora en que examinará a mi representado para expedirse acerca de los puntos propuestos, a fin de que pueda asimismo ser examinado por el consultor propuesto en los términos del art.471 del Código Procesal.



2. INGENIERO MECANICO. Para que se expida sobre los siguientes puntos:

a) Luego de examinar las constancias de la causa penal, determine a que velocidad habían arribado los vehículos a la bocacalle.

b) Daños que presenta el vehículo del actor como consecuencia del evento dañoso.

c) Determine si, de acuerdo a los daños presentados por el vehículo y en función del examen de las constancias de la causa penal, el accidente pudo ocurrir en la forma descripta en la demanda.

c) Costo de las reparaciones.

d) Tiempo que insumirá reparar el vehículo.

e) Desvalorización sufrida por el vehículo del actor como consecuencia del siniestro.



3. CONTADOR. Para que se expida sobre los siguientes puntos:

a) Si a la fecha de la ocurrencia del siniestro "INSURANCE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A." aseguraba el vehículo conducido por el demandado.

b) En caso de verificar el extremo señalado, acompañe copia de la Póliza suscripta entre el accionado y su aseguradora.

c) Si el Sr. Eduardo Cerezo se desempeñaba como empleado de la misma el día 4 de febrero de 1998.

d) En su caso, si el mismo denunció el accidente de tránsito ocurrido en dicha fecha y en el que resultó damnificado el actor.

e) Informe si el vehículo tipo camión, marca Fiat, modelo 1992, patente ROU-200 es propiedad de la empresa.



VIII. DERECHO:

Fundo el derecho que me asiste en los arts.1078, 1109, 1113 y conc. del Código Civil.

Debo destacar en este punto la exclusiva responsabilidad del demandado en el evento dañoso pues ingresó a una Avenida de intenso tránsito en forma repentina sin medir las consecuencias de semejante maniobra. En efecto, se imputa la exclusiva responsabilidad al demandado por: a) cruzar una avenida a gran velocidad; b) no ceder el paso a quien transitaba por una avenida ya que tiene prioridad.



IX. PETITORIO:

Por todo lo expueto a V.S. solicito:

1. Me tenga por presentado, por parte en representación del Sr.Juan Ronco y por constituído el domicilio procesal indicado.

2. Se disponga la agregación de la prueba documental acompañada.

3. Se corra traslado de la demanda por el plazo de ley.

4. Se disponga la producción de la prueba ofrecida, y por Oficio-Ley 22.172 la correspondiente a extraña jurisdicción.

5. Oportúnamente se dicte sentencia haciendo lugar a la demanda en todas sus partes, con costas.
 #269830  por Matias27
 
a mi entender casi siempre se considera que la culpa la tiene el rodado de mayor porte, en este caso seria el auto, ademas si el señor del auto le dio los datos se supone que esta asumiendo la culpa...intenta reclamar al seguro..vas a ver que llegas a un arreglo sin necesidad de litigar
 #269975  por crichu
 
Si la cia es H.S.B.C. ojo porque dependiendo de que estudio externo te asignen te pueden harcer la revisacion medica en un instituto medico INEBA(Guardia Vieja 4435) y todos los temas que me asignaron no los pude resolver administrativamente y fui a demanda,porque no te quieren dar los puntos que corresponden o sea casi nada,ahora ya no pierdo el tiempo y cuando me toca doy por terminada las negociaciones y le doy traslado a la demanda y los reviso en tribunales.Fijate y estoy a tu disposicion.