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  • embargué, sin correr traslado ! que hago !

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 #263168  por sanfi
 
Quizá no se entendió lo que dije anteriormente.
No es traslado del pedido de embargo lo que yo no hice.
El traslado que yo no hice, y pasé por alto es el que ordena y decreta el embargo (que viene ordenado de familia) y está ordenado por el juez de la sucesion que dice "de lo solicitado, traslado a la contraria" (ese proveído es lo que me desorienta).
Tengo el oficio ya en el Banco, supuestamente van a depositar dentro de los 5 días... vos decís Morgan que presente escrito "adjunta oficio diligenciado. Se notifique" ? y pido que se ordene la notificacion del embargo decretado ? Entendí bien? Luego que hago, cobro el giro despues de estar notificada la heredera entonces...
 #263179  por MORGAN
 
Exacto, no hay ningún inconveniente, que van a alegar los herederos perjuicio porque no notificaste la medida?, con que lo van a probar?, misión imposible, quedate tranquila/o, después de noticada la medida solicitás el giro.
 #263201  por sanfi
 
Ay Morgan, no sabes que dia tuve, viste, a veces, las mujeres nos tildamos; pero me desorientaba el proveido " de lo solicitado traslado...."
Desconocimiento no pueden alegar porque hay un expte. en Familia 2 de Lomas, donde se regularon honorarios para las dos letradas.
Esa misma sentencia que homologa los acuerdos de visitas, alim. y tenencia, la adjunté en el sucesorio y me contestaron que esa sentencia no constituía caracter de acreedora. Bueno, no se podia notificar porque mi cliente habia fallecido, no estaba firme, por eso tuve que pedir certificación por hon. impagos, manifestar el fallecimiento y los bienes que se habian denunciado en el sucesorio y pedir el embargo en Familia.
Entonces hago el "adjunta oficio diligenciado, se notifique " y en la cédula y transcribo todos los proveídos incluso los de familia...
Me re-aclaraste el tema Morgan.
Mil gracias a Sailaw, abogado_1987, y a vos por tu colaboración y predisposición. Es ADMiRABLE !
Un saludo Sandra.
 #263283  por abogado_1987
 
Sandra, de nada ... un gusto dar una mano ...
no veo el problema apocalíptico que exponés ...
sigo desconcertado con el "traslado" de oficio ...
trabado el embargo > solicitaría se cite de venta ...
por favor contá en este tema o por MP como sigue ...
en lo que te pueda ayudar contá conmigo ...
 #263326  por Sailaw
 
Mirá, lo que puede pasar es que al venir el oficio contestado, te exijan para el libramiento de giro a tu favor, las notificaciones pendientes, nada más.
 #263651  por sanfi
 
Sí, abogado_1987, después de haber aclarado el tema, gracias a Ustedes, cuando digo sigo desconcertada con el proveído (que ordena correr traslado de lo solicitado (el embargo)) me refiero más a mí propio desconcierto de haber pasado por alto ese proveído, se entiende ? no cumplí digamos el orden procesal. Por lo menos, para mí, con el poco tiempo de ejercicio que llevo, es grave. Pero ya bajé los decibeles, insisto, gracias a Ustedes. Y nuevamente gracias.
Sí, Sailaw, seguramente me van a decir "previo a lo solicitado, y adjuntada que sea la cédula, se proveerá lo que en derecho corresponda" a algo similar. Pero como el Civil 4 de Lomas está sin Juez, y actuando algo desprolijamente, primero notifico. Reitero mi agradecimiento.
Un saludo.
Sandra.
 #265031  por nachobas
 
Las cautelares tramitan in audita parte, ello es lógico para lograr el fin que tienen previsto,,, una vez trabado el emabargo o tomada razon de él, se debe notificar en el plazo que fija el código ritual, aca en E. Ríos creo que son 3 días o 5 días, no recuerdo con precisión, pero en la práctica muchas veces se extiende un poco más.-
Espero sirva de ayuda
saludos...
 #265605  por sanfi
 
El tema sigue así; hoy me llegó cedula de notificacion de la nueva letrada que asumio en el expediente en agosto.Obvio, habrá visto en el expte. la nota que "retiré oficio de embargo para su diligenciamiento"
Como me sugirieron en las respuestas, que adjunte saldo bancario, llamé al banco para ver como podía obtenerlo. Me informaron que personalmente no me dan el saldo, y, que, como es una persona fallecida, seguramente voy a tener que solicitarlo por oficio :oops:
En cuanto a las notificacione que debo hacerle a esta nueva letrada, mi duda está en que, como el embargo se decreto en familia, tengo que arrancar con las transcripciones de autos desde aquel momento... es asi ?
Un saludo, Sanfi.
 #266729  por abogado1987
 
sanfi escribió:El tema sigue así; hoy me llegó cedula de notificacion de la nueva letrada que asumio en el expediente en agosto.Obvio, habrá visto en el expte. la nota que "retiré oficio de embargo para su diligenciamiento"
Como me sugirieron en las respuestas, que adjunte saldo bancario, llamé al banco para ver como podía obtenerlo. Me informaron que personalmente no me dan el saldo, y, que, como es una persona fallecida, seguramente voy a tener que solicitarlo por oficio :oops:
En cuanto a las notificacione que debo hacerle a esta nueva letrada, mi duda está en que, como el embargo se decreto en familia, tengo que arrancar con las transcripciones de autos desde aquel momento... es asi ?
Un saludo, Sanfi.
sanfi, no solicitaría saldo ...

esperaría a que el banco informe sobre el cumplimiento del embargo (o no)

notificaría a la nueva letrada de los autos que así lo ordenan (" .... Notifíquese. Fdo ... ") que no hayan sido notificados al anterior patrocinio jurídico ...
 #266877  por sanfi
 
Si abogado1987. Espere´y voy a seguir esperando me parece. Digo esto porque ya pasaron los 5 dias en que el banco tiene que efectivizar el embargo y nada....sigo en la dulce espera
Si no depositaron dentro del plazo, vá a ser dificil que pueda cobrar.
Seguro voy a una ejecución, porque hable con la gente del banco donde está la cuenta y me dijeron que ya despacharon el oficio a Casa Central del Bco. Francés, y nada...
Voy a tener que espera unos dias más pero si ya no depositaron con el oficio de embargo.....
Gracias por todas sus respuestas Doctor.