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 #266485  por MC
 
Tendría que denunciar el bien antes no?, es un inmueble así q presento un escrito denunciandolo y acompañando la escritura del mismo no?,. Luego presento valuación y pago tasas??, gracias
 #267151  por Chispita
 
abogado_1987 escribió:
MC escribió:Este es un bien inmueble Ganancial, una casa cuya valuación fiscal es $ 41000, los herederos son la cónyuge supérstite y dos hijos. En resúmen la tasa es esta?
tasa: 2,2 % del valor fiscal ($41000)
sobretasa: 10 % de la tasa
MC, tené presente que la tasa de justicia se abona en relación al porcentaje que se transmite en la sucesión, si es ganancial se transmite el 50%
Hola abogado_1987... vos lo pedís, vos lo tenes..., mi pregunta es: esto se aplica en la tasa y sobre tasa cuando tengo que inscribir un bien que era ganancial adjudicado a uno de los cónyuges en un divorcio de mutuo acuerdo? es decir, se supone que se le estaría transmitiendo solo el 50% que era de la mujer, porque el otro 50% ya era de él...
 #267229  por abogado_1987
 
Chispita escribió:
abogado_1987 escribió:
MC escribió:Este es un bien inmueble Ganancial, una casa cuya valuación fiscal es $ 41000, los herederos son la cónyuge supérstite y dos hijos. En resúmen la tasa es esta?
tasa: 2,2 % del valor fiscal ($41000)
sobretasa: 10 % de la tasa
MC, tené presente que la tasa de justicia se abona en relación al porcentaje que se transmite en la sucesión, si es ganancial se transmite el 50%
Hola abogado_1987... vos lo pedís, vos lo tenes..., mi pregunta es: esto se aplica en la tasa y sobre tasa cuando tengo que inscribir un bien que era ganancial adjudicado a uno de los cónyuges en un divorcio de mutuo acuerdo? es decir, se supone que se le estaría transmitiendo solo el 50% que era de la mujer, porque el otro 50% ya era de él...
Chispita, tené presente que ...
c) Divorcio: ...

2)Cuando simultáneamente o con posterioridad al juicio, se procede a la disolución de la sociedad conyugal, tributará además, sobre el patrimonio de la misma, 10‰

http://www.scba.gov.ar/cartelera/tasa.htm
 #267272  por Chispita
 
Uy, ahora me embrolle...perdona si la pregunta es tonta, pero es el primer divorcio con tantos bienes...
a ver... entonces sobre el valor del bien que quiero inscribir a nombre del esposo -adjudicado mediante la liquidación de la sociedad conyugal- para la tasa tengo que sacar el 1% del valor total del bien? y sobre eso la sobre tasa? Help!!!!!!!!!

Gracias, de antemano por tu paciencia!
 #267303  por abogado1987
 
Chispita escribió:Uy, ahora me embrolle...perdona si la pregunta es tonta, pero es el primer divorcio con tantos bienes...
a ver... entonces sobre el valor del bien que quiero inscribir a nombre del esposo -adjudicado mediante la liquidación de la sociedad conyugal- para la tasa tengo que sacar el 1% del valor total del bien? y sobre eso la sobre tasa? Help!!!!!!!!!

Gracias, de antemano por tu paciencia!
Chispita, interpreto ...
Patrimonio sociedad conyugal $ 100.000
Tasa de justicia (1%) $ 1.000
Sobretasa de Justicia (10%) $ 100

idem viewtopic.php?f=2&t=37173&p=265206&hili ... to#p265206
 #267321  por Chispita
 
Ahora si!!!!!!! Gracias! mil gracias!! mejor ademas, porque si yo sacaba el 2.2 del 50% me resultaba un poquitito mas caro que el 1% del total...si, ya se es solo 0.1% pero algo es algo... :)

nuevamente gracias por tu paciencia....
 #267463  por abogado1987
 
MC escribió:Ok, entonces la tasa sobre muebles es sobre el total de la valuación fiscal, muchísimas gracias por molestarte en responderme de manera detallada.
MC, de nada ...
 #267465  por abogado1987
 
Chispita escribió:Ahora si!!!!!!! Gracias! mil gracias!! mejor ademas, porque si yo sacaba el 2.2 del 50% me resultaba un poquitito mas caro que el 1% del total...si, ya se es solo 0.1% pero algo es algo... :)

nuevamente gracias por tu paciencia....
Chispita, de nada ...
 #267466  por abogado1987
 
MC escribió:Tendría que denunciar el bien antes no?, es un inmueble así q presento un escrito denunciandolo y acompañando la escritura del mismo no?,. Luego presento valuación y pago tasas??, gracias
MC, denunciás el bien y tené presente ...

Requisitos para la inscripción de bienes:

1) Debe acompañarse la conformidad expresa de todos los herederos.

2) Se debe acompañar el certificado de inhibiciones del causante (validez de 1 año).

3) Se debe acompañar certificado de dominio del bien (validez 3 meses).

4) Se debe acompañar la Valuación fiscal o catastro, a los fines regulatorios y pago de la Tasa de Justicia.

5) Título original en caso de inmuebles o muebles registrables (arts. 761, 765 del C.P.C.C. y 3452 del C.C.).

6) Deberá denunciarse las proporciones correspondientes a cada heredero en números fraccionados.

7) Se debe acompañar la declaración jurada de bienes.

8) Debe estar cumplido el art. 21 de la ley 6716 (aportes) y manifestar la percepción de honorarios o conformidad con la inscripción.

9) Debe estar abonada la tasa de justicia (2,2%), sobre la parte que se transmite y sobretasa (10%)

http://www.casi.com.ar/juzgado11/informacion.htm
 #267478  por MC
 
Muy amable abogado..: gracias por responder siempre las dudas. Saludos

Miguel.