si trabajaba en ambos (estado y privado ) supuestamente ella se jubiló con un cargo , por lo tanto en el otro podría seguir laborando. También tené en cuenta si la institucion privada recibe subvención del estado o no .en el ambito privado no existe la figura de provisional, por lo tanto si era suplente cesaría en el cargo en el momento en que se reincorporara el titular , si es titular no puede ser despedida sin justa causa (inconducta, sumarios adminstrativos etc)
puedes consultar ley 13047
RICARDO SALAZAR
ABOGADO
Las dificultades con que tropiezo para realizar mi vida son precisamente lo que despierta y moviliza mis actividaes, mis capacidades.
José Ortega Y Gasset