Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DONDE INICIO UNA EJECUCION DE HONORARIOS??? URGENTE PLEASE

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #268113  por patriciaefay36
 
Hola chicos, yo sigo con mi problema de la sucesión.
TENGO QUE INICIAR LA EJECUCIÓN DE HONORARIOS POR CAMARA CIVIL? O DIRECTAMENTE COMO INCIDENTE EN EL JUZGADO?
PRESENTE UN ESCRITO Y ME TRABARON EMBARGO SOBRE LOS DERECHOS SUCESORIOS, PERO NO CORREN TRASLADO DE LA EJECUCIÓN PIDO ALLI MISMO QUE SE CORRA TRASLADO????
GRACIAS A TODOS
 #268325  por mcfgdm
 
consulta manifestaste en ese escrito que el embargo era para poder ejecutar tus honorarios? yo siempre los inicio por mesa receptora (si es en provincia) o en la cámara (si es en capital). Por las dudas preguntá el criterio del juzgado capaz que ellos mismos te hacen el incidente.

Saludos Cecilia
 #268617  por patriciaefay36
 
Hola, si manifeste en el escrito del pedido de embargo le hicieron lugar y calcularon intereses y costas, pero no dan traslado a las partes del inicio., por lo cual creo que debo iniciarlo por camara, ya que es capital.
Mil gracias por tu respuesta
 #270264  por gaston ramiro gonzalez
 
Hola ! Por lo que pude entender, si te ordenaron la traba del embargo, es porque el incidente de la ejecución se tiene por iniciado. Es verdad que es raro que no hayan conferido traslado, pero me parece más una omisión. Yo hace poco planteé un tema relacionado en el portal ( ejecución de honorarios regulados en un divorcio . Dónde lo planteaba ), y al final intenté presentarlo directamente en el principal ( evitaba sacar las copias pertinentes ), a lo que el Juzgado proveyó : "Hágase saber al presentante que deberá iniciar la correspondiente ejecución ante el C.I.J ", ordenando además que se me devuelva el escrito presentado. Por eso deduzco que lo tuyo está aceptado. Saludos.