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 #254577  por analiaTorres
 
COLEGAS... TENGO UNA DUDA.. QUE PODRIA SACARMELA SI AGARRO UN LIBRO.. PERO A ESTA HORA ESTOY MUY CANSADA Y ESPERO DE SU SOLIDARIDAD!!!! 8)
ME PASARON UN JUICIO DE REIVINDICACION... EL JUICIO ESTA CASI TERMINADO.. EL ULTIMO PROVEIDO QUE HAY ES DEL AÑO 2001 QUE DICE
········Toda vez que el proveído de fs. 172 quedó notificado con fecha 1/9/00 el alegato presentado deviene extemporáneo por lo que corresponde su desglose para su posterior entrega al interesado, bajo la debida constancia en autos.-

MI PREGUNTA ES... PIDO QUE PASEN LOS AUTOS A SENTENCIA????
O TENGO QUE PRESENTAR ALEGATO?!
GRACIAS!
 #254608  por abogado1987
 
analiaTorres, solicitaría se dicte sentencia ...
 #254632  por Taneyev
 
...pero algunos juzgados son muy formalistas, y es posible que a tu pedido de pase
a sentencia te provean "previamente cúmplase con el desglose ordenado a fs..."
 #254639  por Sailaw
 
No creo que por un desglose no hagan lugar a un pedido de sentencia, porque no constituye un acto procesal esencial ni excluyente, además si está ordenado solo se va a la mesa de entrada y se pide, no necesita otro escrito.
 #254958  por analiaTorres
 
chicos... ya se desgloso el alegato y se dejo constancia en el expediente...

GRACIAS POR SU RESPUESTA!!!!!!!!!!!!!!!

DESPUES LES CUENTO COMO SALIO LA SENTENCIA.... BESOS!!
 #261130  por analiaTorres
 
Otra duda...
O sea.. no corresponde presentar alegato.. porque ya vencio el plazo..
en el escrito que solicito se diste sentencia... tengo que hacer un breve resumen??? o simplemente solicito atento el estado de autos que se dicte sentencia??
Gracias por sus respuestas! :roll:
 #261134  por abogado1987
 
analiaTorres escribió:Otra duda...
O sea.. no corresponde presentar alegato.. porque ya vencio el plazo..
en el escrito que solicito se diste sentencia... tengo que hacer un breve resumen??? o simplemente solicito atento el estado de autos que se dicte sentencia??
Gracias por sus respuestas! :roll:
analia, solicitaría se dicte sentencia ...
 #268441  por analiaTorres
 
hola chicos... les comento.. cuando fui al juzgado a dejar el escrito solicitando se dicte sentencia me encontre con esta proveido:
INTEGRA PROVIDENCIA
Quilmes, 11 de noviembre de 2008.-

········Advierte la suscripta una involuntaria omisión en el proveído de fs. 185, por lo que corresponde ordenar la NOTIFICACION del mismo (Art. 135 inc. 7mo. CPCC).-


ahora les pregunto.. a que domicilio debo notificar del desarchivo?? al legal?? recuerden que es una causa que esta sin movimiento desde hace varios años... (igual el abogado de la contraria nunca renuncio)...
o notifico al real...
????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????
 #268588  por Taneyev
 
El domicilio constituído persiste a todos los efectos legales mientras no haya
sido modificado o el apoderado haya renunciado al mandato. Pero por las
dudas yo notificaría al real también. Total, es una cédula más.
 #269040  por analiaTorres
 
O SEA QUE PUEDO MANDAR DOS CEDULAS... AL LEGAL Y AL REAL... !!

gRACIAS POR TU RESPUESTA..