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  • duda es ganancial o propia!!??urge!

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 #269425  por NOELYME
 
hola mira es ganancial!! todo tipo de indemnizaciones que cobren los conyugues durante la sociedad conyugal es ganancial!!!
 #270103  por msal
 
Coincido con noelyme en cuanto a que la indemnizaciòn por despido reviste el caracter de ganancial ya que los frutos del trabajo profesiòn o industria que desarrollan los conyuges revisten el caracter de ganancial.
Con respecto a otras indemnizaciones, las mismas revestiràn el caracter de propias o gananciales segùn el rubro ó bien que sustituyan, es decir, esto dependerà de que està sustituyendo la indemnizaciòn para que pueda ser considerada propia o ganancial.
Por ejemplo, el daño moral es propia al igual que la incapacidad permanente. En cambio el lucro cesante es ganancial, aunque si el mismo se genera por ej, por la pèrdida de un automovil que revestìa el caracter de bien propio, la indemnizaciòn serà propia. Si por el contrario el automovil era ganancial, la indemnizaciòn serà ganancial.
saludos y suerte ! ! ! !
 #270111  por halejandrofernandez
 
Ojo que puede llegar a ser ganancial si es que la indemnizacion viene por el lado de algun accidente laboral, o por condiciones personales del empleado. Si es a traves de un distracto que viene con causa ni justificada, y entra la indemn. del 225 ahi si es ganancial seguro.
Ver Roveda - Regimen patrimonial del matrimonio.

Salutti Alejandro
 #272239  por 123justicia
 
puede ser ganancial o propio.-

OJO, que si trabajo 30 años. y se casa en el año 29 de estar trabajando.-
no se porque va a ser ganancial? la indemniozacion de todo su trabajo de soltera??
OJO.- depende de cada caso.- :| s bien ingresa en vigencia de la sociedad conyugal, su origen es anterior.-

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