Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • enfermedad inculpable

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #26213  por ANATA
 
tengo una sra que tiene que ser operada y con tratamiento de quimio y ya no podra volver a trabajr. El inconveniente es que la art no me lo cubre a esto y ya estamos dentro del plazo del año de reserva del empleo. Si se cumple el año se va a extinguir el contrato y esta sra se queda sin trabajo y sin obra social Que puedo hacer?????
la comision medica no me lo cubre????
pido la incapacidad???? donde y como?????
muchas gracias
andrea
 #27007  por lgaray
 
ANATA escribió:tengo una sra que tiene que ser operada y con tratamiento de quimio y ya no podra volver a trabajr. El inconveniente es que la art no me lo cubre a esto y ya estamos dentro del plazo del año de reserva del empleo. Si se cumple el año se va a extinguir el contrato y esta sra se queda sin trabajo y sin obra social Que puedo hacer?????
la comision medica no me lo cubre????
pido la incapacidad???? donde y como?????
muchas gracias
andrea

Andrea, urgente presentale en Anses o AFJP el pedido de Retiro por Invalidez.- No cobrara rápido pero por lo menos contara con la O. Social.
La Comisiòn Médica lo unico que hace es evaluar la incapacidad y sacar el dictamen.-
Si necesitas saber algo más mandame un MP, asi lo veo rápido y te contesto.-

 #27059  por mafeci11
 
para pedir retiro por invalidez cuantos años de aportes necesito?

 #27072  por Dominick
 
La jubilación por invalidez no tiene años de servicios basta con que el beneficiario se encuentre capacitado al inicio de su relación laboral e incapacitado en un 66% a la finalización, esa incapacidad y el tiempo de existencia de la misma la determinará el cuerpo médico del ANSES.
Obviamente el haber jubilatorio variará de acuerdo a la cantidad de años con aportes que el beneficiario tenga.-

 #27092  por Ishtar
 
mafeci11 escribió:para pedir retiro por invalidez cuantos años de aportes necesito?
Hola,
Te paso los años de aportes que necesitaría: están pagina anses


El goce del Retiro por Invalidez es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia.


Requisitos que debe reunir


• Tener hasta sesenta y cinco (65) años de edad cualquiera fuera el sexo.

• Tener una incapacidad física o intelectual total del 66% o más.

• No haber alcanzado la edad establecida para acceder a la jubilación ordinaria.

• No estar percibiendo la jubilación en forma anticipada.

• Si inició su actividad como trabajador autónomo después del 15/07/94, debe haber cumplido con la obligatoriedad del Examen Médico para Trabajadores Autónomos y haber resultado "apto" en el mismo.

• Se recuerda que el goce de esta prestación es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia.

• Cumplir con la condición de "aportante regular" o "aportante irregular con derecho", de conformidad con las disposiciones de los Decretos 1120/94,136/97 y 460/99.


APORTANTE

REGULAR
Puede acreditar la regularidad a través de las siguientes opciones:

• haber aportado como mínimo treinta (30) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la solicitud de la prestación (desde 23/02/97).

• acreditar el mínimo de años de servicio exigidos en el régimen común o diferencial, en el que se encuentre incluido para acceder a las prestaciones PBU-PC-PAP.

APORTANTE

IRREGULAR
Puede acreditar la irregularidad con derecho a través de las siguientes opciones:

• haber aportado como mínimo dieciocho (18) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la solicitud de la prestación (desde 23/02/97).

Decreto 460/99
• El afiliado en relación de dependencia o autónomo, que reúna el cincuenta por ciento (50%) del mínimo de años de servicio exigidos por el régimen común, o diferencial en que se encuentre incluido para acceder a las prestaciones PBU-PC-PAP, siempre que se acredite el efectivo ingreso de los aportes y dentro de los sesenta (60) meses anteriores a la fecha de solicitud, registre por lo menos doce (12) meses de retenciones previsionales.

Aclaraciones

• En este supuesto el peticionante puede alcanzar el cincuenta por ciento (50%) de los servicios con aportes, computando servicios por Declaración Jurada.

A los fines de acreditar la condición de aportante regular o irregular con derecho , deberán tenerse como servicios con aportes para el trabajador autónomo, el ingreso de las cotizaciones pertinentes durante el mes de la fecha de vencimiento, en tiempo y forma y para los trabajadores dependientes la retención efectuada por los empleadores.

La docu´mentación la podés sacar de la misma página.
Si te quedan dudas preguntá :lol:

 #28564  por Vanesa06
 
A mi me pasó algo parecido, el Sr. se incapacitó, le hicieron reserva de puesto por todo el año 2006 (sin goce de sueldo) y ahora se quedó sin trabajo. El tema es que nunca lo intimaron a iniciar los trámites jubilatorios. Ahora está sin obra social ni sueldo, es correcto eso???. Estoy tratando de iniciarle el retiro por invalidez, pero resulta que encima la empresa le hizo mal el certificado de haberes, hoy se los llevé para que me lo enmienden. Pero me parece que hice lio, tendría que haberles cursado una carta doc para cubrirme no???
Saludos, y gracias por su ayuda

 #28574  por Ishtar
 
Hola Vanesa, ese señor tiene incapacidad absoluta? si es afirmativo le pagaron la indemnización del 212 4to párrafo?
Con respecto a la certificacion de servicios, tenés que emplazar a fin de que se los entreguen (fijate en los arts.132 bis y 80 de la LCT)