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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #270133  por Pipi
 
Necesito una ayuda urgente! Tengo un cliente que viajó a España, y habiamos iniciado un expte. por diferencias en una indemnizacion.
Habia preparado un escrito, para el caso de que se posponga su vuelta... solicitando se suspendan los plazos procesales.
Al iniciar la demanda, se hace el traslado, y contestan... me fijan fecha de audiencia para el 11-12-08.
Decido, presentar el escrito solicitando la suspension de plazos.. y me contestan que sin INDISPONIBLES!
El tema es q el dia de la audencia mi cliente, no va a estar!!!!!!!
Que me recomiendan????
 #270262  por MORGAN
 
Claro, no tenés que solicitar la suspensión de los plazos procesales sino pedir que se deje sin efecto la designación de esa y fijen nueva fecha de audiencia atento hallarse tu cliente en el extranjero algo así.
 #270803  por Pipi
 
Vos decis que conteste el segundo traslado con el poder y pida se fije una nueva fecha? Porque sinceramente me parece demasiada responsabilidad ir a la audiencia de conciliacion con poder...
 #271077  por Pipi
 
Leo opiniones... jajaj
 #271123  por AGS007
 
INVOCA LA GESTION PROCESAL ART 48 CPCC Y LISTO
 #271131  por Pipi
 
Pero tengo que ratificar lo actuado si invoco el 48.. estamos en la misma.... creo... o vos como lo pensaste?
 #271137  por AGS007
 
SI OBVIO QUE LO TENES QUE RATIFICAR, PERO TENES UN PLAZO PARA HACERLO, 40 DÍAS HÁBILES MAS LA FERIA.
EN ESE CASO, TÚ CLIENTE SI NO VUELVE EN TODO ESE TIEMPO, DESDE ESPAÑA TE PUEDE MANDAR O UN PODER O UNA RATIFICACIÓN VOS JUSTIFICANDO QUE AL MOMENTO DE LA AUDIENCIA EL ESTABA EN ESPAÑA.
SALUDOS