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  • Consulta Urgente sobre una garantia locativa

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 #248786  por sil07
 
Hola a todos los colegas del foro el tema de consulta es el siguiente :

Tengo que aconsejar la firma de Contrato de alquiler ( voy por la Locadora ) en el que el garante ofrece como garantia los recibos de sueldos que percibe en la universidad de bs as, de maso $4.500 en mano (considerando que sólo el 20% resulta embargable) . Pense instrumentar la locacion obviamente con la firma de un convenio de desalojo ( por vencimiento de conrato y por falta de pago de dos alquileres ) pero ademas firma de pagares como refuerzo de garantia, les parece mucho o les parece acertada la medida ?????? y sino que otras medidas tomarian , Gracias !!!!!!!!!!!!!!!
Pd : consulto nunca me paso pero se podri llegado el caso embargar en forma conjunta los dos sueldos (el del inquilino y el de su garante ?, y si se puede pedir la quiebra como presion , oportunamente.- Ahora si , me despido y agradeceria muchisimo si alguien me puede aconsejar .
 #248958  por mafeci11
 
yo tambien ultimamente pido garantia y le hago firmar pagares... creo que es mas seguro. Incluso, en el supuesto caso de tener que ejecutar, es mas rapido la via ejecutiva.
No me parece mucho, creo que esta bien
 #249052  por sil07
 
mafeci11 escribió:yo tambien ultimamente pido garantia y le hago firmar pagares... creo que es mas seguro. Incluso, en el supuesto caso de tener que ejecutar, es mas rapido la via ejecutiva.
No me parece mucho, creo que esta bien

Hola "mafeci11" Antes que nada te saludo y te agradesco tu comentario , me resultó muy oportuno , dado que me siento un poco perdida , no tengo mucha experiencia y no queria meter la pata.- Nuevamente muchas gracias .- Y si les voy a pedir pagares para cubrir la totalidad del periodo locativo ( es decir 24 pagares, que le ire restituyendo a medida que vaya pagando cada alquiler ). Sin perjuicio del convenio de desalojo , para tratar de cubrir un pronto desalojo de darse el caso. Bueno saludos y a tu disposicion para otra oportunidad en la que tal vez pueda ayudarte.
 #249068  por juanca
 
Un pequeño aporte a la nobel colega: Primero debo poner en conocimiento de mi cliente lo riesgoso que puede resulta este tipo de garantía. Luego si el decide igual aceptarla le hago saber que quedaré librado de toda responsabilidad en ESE SENTIDO. Y le explicaría el porque. Porque las cosas que pueden pasar mientras los locatarios estén en la vivienda son diversas : desde falta de pago hasta el incendio del inmueble o un accidente grave. ¿ Puede entonces un sueldo o unos pagarés solventar estos gastos ? La respuesta es DIFICILMENTE. La experiencia personal me lleva a aconsejar a mis clientes que sin garantía inmueble mediante, verificable y con pedido de frecuencia : NO HAY CONTRATO. Antes de firmar todos somos buenos... pero cuando las cosas van mal, el garante va a tratar por todos los medios de desentenderse. En fin, cada uno sabrá. Juanca
 #249077  por eclaudiae
 
sil es muy comun hoy en día ese tipo de contrato, con recibo y pagaré, solo te recomendaría que los hagas trimestrales, no mensuales, es mas agil y el inquilino hasta que no pagó los tres meses sabe que tenes el pagaré en tu poder..SUERTE
 #249121  por sil07
 
juanca escribió:Un pequeño aporte a la nobel colega: Primero debo poner en conocimiento de mi cliente lo riesgoso que puede resulta este tipo de garantía. Luego si el decide igual aceptarla le hago saber que quedaré librado de toda responsabilidad en ESE SENTIDO. Y le explicaría el porque. Porque las cosas que pueden pasar mientras los locatarios estén en la vivienda son diversas : desde falta de pago hasta el incendio del inmueble o un accidente grave. ¿ Puede entonces un sueldo o unos pagarés solventar estos gastos ? La respuesta es DIFICILMENTE. La experiencia personal me lleva a aconsejar a mis clientes que sin garantía inmueble mediante, verificable y con pedido de frecuencia : NO HAY CONTRATO. Antes de firmar todos somos buenos... pero cuando las cosas van mal, el garante va a tratar por todos los medios de desentenderse. En fin, cada uno sabrá. Juanca

Hola "juanca" si pienso lo mismo que vos en cuanto a los riesgos, pero sucede que mi cliente es una persona que necesita el dinero, y la propiedad sinceramente no es muy alquilable, es un departamentito al fondo , de construccion antigua, pero bueno (no deja de ser un tres ambientes en capital ).

Igual muchas gracias por el aporte, pero sucede que hoy en dia desgraciadamente al momento de evaluar las condiciones y requisitos para la firma de un contrato de locacion, uno se encuentra a menudo con Locatarios que no cuenten con una garantia real, creo sin lugar a dudas que esto se fue dando a lo largo de años de descreimiento de los potenciales fiadores ante la falta de responsabilidad y respeto de las obligaciones contraidas por parte de sus afianzados, siendo que a poco de ver la realidad se tiende a la desaparición de su instrumentacion, por lo que deberemos ir creando formas y estrategias juridicas para proteger a nuestros clientes , quizas con los nuevos seguros de cauciones, etc . en fin .... igual Gracias !!! Sil07.-
 #249127  por sil07
 
eclaudiae escribió:sil es muy comun hoy en día ese tipo de contrato, con recibo y pagaré, solo te recomendaría que los hagas trimestrales, no mensuales, es mas agil y el inquilino hasta que no pagó los tres meses sabe que tenes el pagaré en tu poder..SUERTE
Hola eclaudiae, y si bien pienso como el colega forista juanca, me veo en la necesidad de aceptar este tipo de instrumentacion de contrato de locacion con garantia de haberes y refuerzo de pagarés.
Aprovecho y te consulto, normalmente que es lo usual, yo pensaba pedirle la firma de los pagares al fiador, vos como los instrumentas , asi ? Bueno igual gracias y saludos . Sil.-
 #271480  por eclaudiae
 
SIL DISCULPA LA DEMORA, SI QUE LOS PAGARES LOS FIRME EL GARANTE, PERO FIJATE QUE TE CONVIENE PONER EN EL CONTRATO "LISO Y LLANO PAGADOR" O GARANTE SOLIDARIO ,(ESTE ULTIMO TIENE EL BENEFICIO DE DIVISIÓN Y DE EXCUSIÒN) SALUDOS CLAU
 #993505  por MaCa79
 
Buenos días, quisiera saber si el tema de los pagares en el contrato de alquiler puede sustituir al de garante de persona física con inmueble o no debe figurar en el documento. Surgio dicha duda de leer sus comentarios. Yo lo pondría en el contrato, pero como es el primer contrato que voy a realizar referido a dicho tema quería asegurarme de ello para presentarle el borrador del mismo al locador para que lo analice de este modo. Ya que es una renovacion de contrato de manera particular debido a que el locador se encuentra desconforme con la inmobiliaria a la que se lo dio para realizarlo, ya que se supone que la misma es intermediaria y no cumple con dicha labor y el inquilino termina tratando directamente con el locador.

Saludos cordiales y espero que alguien pueda responder mi consulta.