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  • Boleto de Compraventa - fallece el vendedor

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 #271765  por Hammurabi
 
Colegas, tengo el presente caso que se dio en mi familia y debo darle una solucion rapida.

Hace tres días fallece mi tío, quien había vendido por boleto de compraventa un inmueble. Si bien todavia no vi el boleto (lo tendré mañana), sé que el plazo para escriturar esta por vencer.
El comprador y su respectivo escribano estan "apurando" a los hijos (mis primos), incluso desde cuando mi tio estaba todavia internado.
Obviamente voy a iniciar la sucesion de inmediato, pero necesito aclarar algunas cosas:
1.- Debería enviarle alguno de mis primos o todos en su caracter de sucesores (por supuesto aun no declarados) carta documento al comprador notificando formalmente el fallecimiento de su padre, manifestando la intención de perfeccionar el contrato y solicitando una especie de suspension de plazo para escriturar atento el caso fortuito???.. voy bien por ah{i?' mas o menos cuales serían los términos?
2.- Necesito sí o si la declaratoria, o mas aún hacer el sucesorio del bien en cuestión para un tracto abreviado, o hay un camino mas corto para hacer la transferencia?
3.- Puedo pedir se designe administrador provisorio antes de obtener la declaratoria y en ese caso éste podría en ese carácter suscribir la escritura??
Les cuento que ya estoy agarrando un par de libros que tengo, pero cualquier orientación que me den acerca de como manejar esta situaci{on será bienvenida.

Mil gracias, saludos!
Hammurabi
 #271885  por Parri
 
Hola!
con respecto a 1 creo que no
con respecto a 2: si
con respecto a 3, ni idea, esperemos respuestas, saludos
 #271909  por aleuba76
 
1- No está mal enviar una CD notificando lo acontecido.
2- Tengo entendido que no hace falta declaratoria de herederos. El juez nombra y autoriza a un persona para dar cumplimiento a las obligaciones asumidas por el causante (generalmente al adm. de la sucesión)
3=2 = SI :P
Saludos
Ale

Ley Registral 17.801
ARTICULO 16.- No será necesaria la previa inscripción o anotación a los efectos de la continuidad del tracto con respecto al documento que se otorgue, en los siguientes casos: a) Cuando el documento sea otorgado por los jueces, los herederos declarados o sus representantes, en cumplimiento de contratos u obligaciones contraídas en vida por el causante o su cónyuge sobre bienes registrados a su nombre; ...
 #272819  por aleuba76
 
Hola de nuevo
Se presenta el boleto en la sucesión para que el juez designe quien firma la escritura en los términos y alcances del art. 16. inc. A de la ley 17.801.
Esa designación es mas que suficiente para acreditar ante escribano la legitimación en su actuar por la parte vendedora.
Te dejo la parte pertinente que se pone en las escritura (por si al escribano se le ocurre pedirte la declaratoria)
Saludos
Ale

Intervienen por sí, a excepción de ..........., quien lo hace en su carácter de administradora provisional de la sucesión de quien en vida fue …causante…, judicialmente autorizada para este otorgamiento, asegurando la nombrada la vigencia de su designación como tal.
...
FULANITA, …administradora de la sucesión .......… en cumplimiento del boleto de compra y venta del ..... que como vendedora suscribió en vida CAUSANTE , fallecido el ...…, VENDE a …


En las atestaciones notariales el escribano deja constancia de todo lo referido al expediente y la designación.
 #275034  por Hammurabi
 
Mil gracias ale!
Pero te planteo algo.. si yo ingreso el boleto a la sucesion, voy a tener que pagar tasa por lo que figura ahí??? es muchísimo!!!!!!!!!!!
había pensado como opción modificar el boleto por fuera, hacer la declaratoria y ahi si pedir el tracto abreviado pero sin denunciar valor de venta ni nada de eso... que opinás??
 #275743  por aleuba76
 
Hammurabi escribió:Mil gracias ale!
Pero te planteo algo.. si yo ingreso el boleto a la sucesion, voy a tener que pagar tasa por lo que figura ahí??? es muchísimo!!!!!!!!!!!
había pensado como opción modificar el boleto por fuera, hacer la declaratoria y ahi si pedir el tracto abreviado pero sin denunciar valor de venta ni nada de eso... que opinás??
Es una buena idea lo de la declaratoria si el boleto infla demasiado la tasa...
Igual, ese bien se supone que salió del patrimonio del causante antes de su muerte, así que no creo que pague tasa, peeeero la verdad desconozco si paga tasa o no :oops: !
Saludos
Ale