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  • Inscripcion de declaratoria de herderos

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 #271242  por analiaTorres
 
Chicos. si me despejan un poco la cabeza!!

Requisitos para la inscripción de bienes:

1) Debe acompañarse la conformidad expresa de todos los herederos.Esto es con un escrito?? soy abogada de los tres herederos me firman los tres y listo?

2) Se debe acompañar el certificado de inhibiciones del causante (validez 3 meses).en mi caso son tres causantes.. necesito el certificado de los tres?

3) Se debe acompañar certificado de dominio del bien (validez 3 meses).Buenoo.. esto es facil...

4) Se debe acompañar la Valuación fiscal del año en curso expedida por la Dirección Territorial de Catastro de la Pcia. de Bs. As. A los fines regulatorios y pago de la Tasa de Justicia.Aca... a donde debo recurrir para conseguir la valuacion fiscal del año en curso?? un agrimensor?? y el pago de la tasa de justicia?? cuanto es?

5) Deberá denunciarse las proporciones correspondientes a cada heredero en números fraccionados. esto como se hace??

6) Se debe acompañar la declaración jurada de bienes.Tambien... donde se realiza la declaracion jurada... yo al bien ya lo denuncie...

7) Debe estar cumplido el art. 21 de la ley 6716 (aportes) y manifestar la percepción de honorarios o conformidad con la inscripción.Otro tema... cual es el porcentaje de los aportes?? o que es conformidad con la inscripcion??

8 ) Debe estar abonada la tasa de justicia (2,2%), sobre la parte que se transmite y sobretasa (10%)Si alguien lo explica mejor!!!

es mi primera sucesion... y hasta la declaratoria venia barbaro... Ahora no se que hacer cuando lei todo esto!!!!
Espero su colaboracion!!
 #271796  por Norah
 
Capital o provincia ???? - de Capital NO LO SE - De provincia:
Una vez dictada declaratoria:
*se presenta declaracion jurada de bienes (formulario impreso) por la parte que transmite cada causante - supongamos que a tus clientes les corresponde 1/3 (un tercio del bien a cada uno)
*se acompañan copia de titulo de propiedad, certificados de dominio, inhibiciones de CADA CAUSANTE y catastro por la valuacion (el mimo gestor que tramita el dominio puede tramitar el catastro)
*por la valuacion se calcula la tasa de justicia: 2,2% del valor que se transmite, mas un 10% de sobretasa.
*Una vez pagada, se solicita se ordene la inscripcion y regulacion de honorarios.
*Una vez regulados, tendras que acompañar los comprobantes de aportes correspondientes para poder librar testimonio de declaratoria y oficio de inscripcion
*la conformidad se expresa por un escrito firmado por los herederos. (Y tu conformidad como diciendo "ya cobré mis honorarios")
espero te aclare algo. Suerte
 #271876  por analiaTorres
 
Norah escribió:Capital o provincia ???? - de Capital NO LO SE - De provincia:
Una vez dictada declaratoria:
*se presenta declaracion jurada de bienes (formulario impreso) por la parte que transmite cada causante - supongamos que a tus clientes les corresponde 1/3 (un tercio del bien a cada uno)Donde consigo ese formulario??? aca son tres herederos.. heredan los 2 hijos.. y la madre en los bienes personales (no hay bienes ganaciales) Pero los tres quieren que sean en partes Iguales...
*se acompañan copia de titulo de propiedad, certificados de dominio, inhibiciones de CADA CAUSANTE y catastro por la valuacion (el mimo gestor que tramita el dominio puede tramitar el catastro)
*por la valuacion se calcula la tasa de justicia: 2,2% del valor que se transmite, mas un 10% de sobretasa.
*Una vez pagada, se solicita se ordene la inscripcion y regulacion de honorarios.
*Una vez regulados, tendras que acompañar los comprobantes de aportes correspondientes para poder librar testimonio de declaratoria y oficio de inscripcion
*la conformidad se expresa por un escrito firmado por los herederos. (Y tu conformidad como diciendo "ya cobré mis honorarios")
espero te aclare algo. Suerte
SI ME ACLARTASTE MUCHO!!!! TE LO AGRADEZCO DE CORAZON...
ANTES DE PEDIR LA INSCRIPCION.. REALIZO ESTOS TRAMITES PREVIOS... EL CATASTRO POR LA VALUACION.. TIENE QUE HACERLO UN AGRIMENSOR MATRICULADO??
qUE TRAMITE ME CONVIENE INCIAR ANTES PARA EVITAR VENCIMIENTOS??

MIL GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS
 #271894  por abogado_1987
 
analiaTorres escribió:
Norah escribió:Capital o provincia ???? - de Capital NO LO SE - De provincia:
Una vez dictada declaratoria:
*se presenta declaracion jurada de bienes (formulario impreso) por la parte que transmite cada causante - supongamos que a tus clientes les corresponde 1/3 (un tercio del bien a cada uno)Donde consigo ese formulario??? aca son tres herederos.. heredan los 2 hijos.. y la madre en los bienes personales (no hay bienes ganaciales) Pero los tres quieren que sean en partes Iguales...
*se acompañan copia de titulo de propiedad, certificados de dominio, inhibiciones de CADA CAUSANTE y catastro por la valuacion (el mimo gestor que tramita el dominio puede tramitar el catastro)
*por la valuacion se calcula la tasa de justicia: 2,2% del valor que se transmite, mas un 10% de sobretasa.
*Una vez pagada, se solicita se ordene la inscripcion y regulacion de honorarios.
*Una vez regulados, tendras que acompañar los comprobantes de aportes correspondientes para poder librar testimonio de declaratoria y oficio de inscripcion
*la conformidad se expresa por un escrito firmado por los herederos. (Y tu conformidad como diciendo "ya cobré mis honorarios")
espero te aclare algo. Suerte
SI ME ACLARTASTE MUCHO!!!! TE LO AGRADEZCO DE CORAZON...
ANTES DE PEDIR LA INSCRIPCION.. REALIZO ESTOS TRAMITES PREVIOS... EL CATASTRO POR LA VALUACION.. TIENE QUE HACERLO UN AGRIMENSOR MATRICULADO??
qUE TRAMITE ME CONVIENE INCIAR ANTES PARA EVITAR VENCIMIENTOS??

MIL GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS
analia, preguntaría en el juzgado si es necesaria la cédula parcelaria a la fines de la inscripción en las sucesiones ... (los juzgados tienen distintos criterios)