Tengo una confusion: (les cuento que hace muy poco estoy matriculada y soy de la provincia de Formosa); el caso es el siguiente; mi cliente inicia un juicio de repeticion contra su compañera de trabajo, a la cual le ha salido de garante; a esta ultima se le embarga el suedo, y en la ultima actualizacion de planilla que se presenta, el monto de la deuda resulta elevada, como no impugna planilla, esta fue aprobada; hasta alli estamos bien, el problema es el siguiente: la demandada presento una nota al director general del trabajo de ambos, diciendo que mi cliente con total falta de etica, moral y solidaridad, haciendo alarde de mala educacion y en connivencia dolosa con su abogado ( que en ese momento era otro) presentaron una ampliacion de embargo plagada de mentiras y de numeros inflados, y que ademas a ella le resulta inadmisible que un funcionario de alta categoria ( mi cliente que es director de auditoria), con elevados haberes,e inmuebles en la provincia se aprobeche de una empleada como ella. y en su parte final dice que mi cliente no respeta el prestigio y la honorabilidad de la institucion para la cual trabajan y le solicita que firme un escrito afirmando que la deuda ya fue cancelada, cosa que no es verdad ya que se olvida de los intereses.
Mi pregunta es la siguiente, podria actuar en materia civil, como un daño moral o inicio una demanda por injurias? que me convendria hacer? Por cierto mi cliente esta indignado con todo esto, y no quiere dejarlo pasar ...
Mi pregunta es la siguiente, podria actuar en materia civil, como un daño moral o inicio una demanda por injurias? que me convendria hacer? Por cierto mi cliente esta indignado con todo esto, y no quiere dejarlo pasar ...