hola a todos.tengo una duda con respecto a la forma de dar aviso de la enfermedad qeu padece el trabajador a su empleador. es suficiente la comunicación telefónica o debe hacerlo por otro medio fehaciente?
pregunto ésto porque como en realidad no hubo comunicación telefónica ,se lo intimó a reintegrarse y acompañar certif medicos. como no apercibiendolo bajo el 244 de la LCT. como no cumplió con lo intimado , notificamos el despido por el 244.
ahora tengo dudas sobre el modo de dar aviso. sé que por teléfono no lo hizo, o sea que está bien configurado el despido o no ? que opinan?
pregunto ésto porque como en realidad no hubo comunicación telefónica ,se lo intimó a reintegrarse y acompañar certif medicos. como no apercibiendolo bajo el 244 de la LCT. como no cumplió con lo intimado , notificamos el despido por el 244.
ahora tengo dudas sobre el modo de dar aviso. sé que por teléfono no lo hizo, o sea que está bien configurado el despido o no ? que opinan?