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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #273076  por liz
 
ESTIMADOS FORISTAS: a mi cliente le anunciaron que mañana es su último día de trabajo proque la empresa cierra. El sindicato que le corresponde es OSECAC. Llamé y me confirmaron que la indemnización que le corresponde es la común de ley. Un mes por año trabajado (el mejor sueldo del año) preaviso y proporcionales. En el sueldo entran comisiones, premios, presentismo.

La empleadora quiere que envíe tel. de renuncia. Si la empleadora le paga el 100% de lo que corresponde está bien si firma el acuerdo, cobra y luego envía la renuncia? o es conveniente hacer el acuerdo igual a traves del SECLO?

Gracias!
 #273149  por DAL
 
PRIMERO COBRA, luego envia l oque sea.
Yo no haría una renuncia porque pierde el fondo de desempleo.
Haria un despido el día del acuerdo.
 #273332  por liz
 
Dal. Es verdad lo del seguro de desempleo. Un tema importante para quien se queda sin nada. Buen dato.
Con respecto a cobrar primero lo tengo en cuenta siempre después de algunas malas experiencias.

Muchas Gracias por contestar.