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  • Duda sobre cedula de notificacion

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #273959  por Adeluz
 
Hola a todos, quisiera hacerles una consulta, se trata de mi primer juicio de alimentos por la parte demandada, se corrio traslado de la demanda a la cual ya hemos contestado, salio el proveido donde se nos ordena correr de nuevo traslado a la parte actora de nuestra contestacion, tambien en este proveido se fijo fecha para la primera audiencia, y dice notifiquese personalmente o por cédula, mi pregunta es cada abogado debe notificar a su parte ya sea notificandose en le expediente o mandando una cedula o el abogado de la parte actora debe notificar a ambas partes?????.-
 #273996  por marianmollet
 
si no entendi mal tu planteo, creo q la que tiene q notificar de la audiencia, es la actora a uds., q es la que inicio la accion y "la mas interesada" en que la causa avance. en cuanto a vos, nunca notificas a tu cliente x cedula, no es necesario, vas el dia de la aud con el y listo (dependiendo obvio d cual sea tu estrategia...podes alegar no estar notificado). saludos