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  • PRESCRIPCION LIBERATORIA (URGENTE, VENCE LAS 2 PRIMERAS)

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 #274237  por gabyhabibi
 
Pregunta, varios me dijeron que la prescripcion liberatoria del 4023 se aplica para los temas contractuales y la del 4027 inc. 3 para los extracontractuales....

De donde surge eso ?

Porque inicie una accion por resolucion de contrato de compraventa, donde se pacto un pago del capital en cuotas (34 cuotas), fecha del boleto 31/10/98, pagaron menos de la mitad y hace bastante tiempo que no pagan mas.... inicie demanda y me opusieron como excepcion que la deuda estaba prescripta basandose en el 4027 inc. 3.

COMO LO RESUELVO ???????????????

Muchas gracias.
 #274885  por agresha
 
La prescripción en materia contractual es de 10 años. Tenés que tener presente que todo pago que se realice interrumpe la prescripción, o sea que si se ha realizado algún pago de dicho crédito recién los 10 años se comienzan a contar desde el último pago efectuado. A la vez, si has cursado una intimación fehaciente para el pago del saldo, esa intimación produce suspensión por un año. Vale para´una sola intimación. Por más que hayas hecho 50 intimaciones, la primera es la que suspendió. Las restantes no sirven para nada. Saludos. Para contestar la excepción tenés que mostrar, precisamente, que no han transcurrido los 10 años.