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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #275373  por tinito2008
 
Hola...

Necesito saber si alguno ha presentado casos de jubilación con pagos de monotributo sin adhesión previa al régimen simplificado, para completar los 30 años de servicio en los casos en que la 24476 no alcanza. Yo tengo uno que me denegaron y quiero conocer vuestra opinión para fundar el recurso administrativo ante la CARSS.
Saludos,
 #275376  por lgaray
 
porque la inscripción a Monotributo no puede ser retroactiva.
Tendrias que haberlo intentado con autónomo, nunca con monotributo.
Espero que le encontrés la vuelta.
Suerte
 #275537  por abim
 
Me ha ocurrido que para completar los 30 a. de aportes no alcanza con la 24476. Entonces le doy alta como monotrib. en el mismo sicam desde 11/98 en que comienza el régimen simplificado, cuidando que no se superpongan los periodos que se cargan. (Autónomos es mucho + caro).
En los lugares donde tramito nunca esta modalidad fue motivo de rechazo.
Consultas hechas a AFIP afirman que ellos no lo observan "xq es sólo a los fines previsionales"
Si por eso te la denegaron, mi opinión es que tal vez la UDAI donde tramitás debe tener un criterio distinto.
 #275600  por tinito2008
 
lgaray escribió:porque la inscripción a Monotributo no puede ser retroactiva.
Tendrias que haberlo intentado con autónomo, nunca con monotributo.
Espero que le encontrés la vuelta.
Suerte
Es que por normativa vigente (Nota Mail AFIP 615) no requeriría inscripción retroactiva por tratarse de períodos prescriptos y/o ampliados.
 #275607  por tinito2008
 
abim escribió:Me ha ocurrido que para completar los 30 a. de aportes no alcanza con la 24476. Entonces le doy alta como monotrib. en el mismo sicam desde 11/98 en que comienza el régimen simplificado, cuidando que no se superpongan los periodos que se cargan. (Autónomos es mucho + caro).
En los lugares donde tramito nunca esta modalidad fue motivo de rechazo.
Consultas hechas a AFIP afirman que ellos no lo observan "xq es sólo a los fines previsionales"
Si por eso te la denegaron, mi opinión es que tal vez la UDAI donde tramitás debe tener un criterio distinto.
Lo loco es que la misma UDAI que ahora me lo rechazó, antes me aprovo otros casos similares. Por eso estoy convencido de recurrir ante la CARSS, pero quiero fundar el reclamo lo mejor posible. Gracias.
 #279169  por almabal
 
Quisiera saber qué ocurrió con este rechazo, pues el monotributo sería buena alternativa si no podemos usar SDM para completar períodos posteriores a 09/1993. La compra de períodos autónomos prácticamente duplica el valor del MT. Si alguien tiene alguna novedad, gracias.
 #279311  por fito657
 
Date de alta en el plan Mis Facilidades, dentro de los planes permanentes, existe un plan para contribuyentes no inscriptos en relación al plan, es autonomos desde 1994 la categoría, lo que si es mas caro y te conviene pagar los ultimos años por los intereses, tenés un menú de impresiones parecido al sicam lo tenes que hacer més por més si te equivocas cancelas y sino vas confirmando es con debito bancario pero la cuenta a los fines de afip es gratuita. eso sí tiene que ser cuit y no cuil poque sino tenes problemas para entrar en Mis Facilidades. Cuando entras en plan nuevo andá a " para no iscriptos inscriptos". Atención que esto, colegas abogados y contadores no lo conocen bien y dudan de su existencia, como me pasaba a mi, es más el primero me lo explicaron en un centro de servicio de afip y los propios colegas no lo sabían. Si lo haces y no lo mándas no pasa nada (para probar).
La otra es pagar períodos prescriptos pero resulta carísimo y tenes que llenar varios formularios por cada més.
 #457352  por tinito2008
 
Les cuento que finalmente la CARSS resolvió favorablemente el recurso de revisión :D y a mi cliente le otorgaron la jubilación con los períodos de MONOTRIBUTO. En breve voy a subir el texto de la resolucion de la CARSS.

*flor*
 #458478  por abim
 
tinito2008 escribió:Les cuento que finalmente la CARSS resolvió favorablemente el recurso de revisión :D y a mi cliente le otorgaron la jubilación con los períodos de MONOTRIBUTO. En breve voy a subir el texto de la resolucion de la CARSS.

*flor*
¡buenísimo!, quedamos a la espera.
 #458828  por arandu
 
Hola tinito:
Me podes decir, si sos tan amble, como hiciste los pagos de monotibuto de los 35 pesos previsional y los intereses? Debo hacer lo mismo para una pension sin inscripcion: 3 pagos del 12/98, 01/99 y 02/99.
Primero liquido por 24.241? Deuda parcial? Voy a datos para el pago? Como no esta inscripto, no tiene cuenta corriente, para imprimir desde ahi los cupones de deuda.
Debo esperar que los pagos impacten en el sicam para poder liquidar con posterioridad la moratoria?
Gracias.
 #458908  por tinito2008
 
abim escribió:
tinito2008 escribió:Les cuento que finalmente la CARSS resolvió favorablemente el recurso de revisión :D y a mi cliente le otorgaron la jubilación con los períodos de MONOTRIBUTO. En breve voy a subir el texto de la resolucion de la CARSS.

*flor*
¡buenísimo!, quedamos a la espera.
No me olvide de lo que prometí, pero me está faltando un driver o algo así para la impresora multifunción y el scaner no me procesa OCR para pasar la resolución a texto y poder pegarla, así que este finde trataré de solucionarlo. Si alguien lo precisa urgente me avisa y les mando por mp los archivos en jpg.

arandu escribió:Hola tinito:
Me podes decir, si sos tan amble, como hiciste los pagos de monotibuto de los 35 pesos previsional y los intereses? Debo hacer lo mismo para una pension sin inscripcion: 3 pagos del 12/98, 01/99 y 02/99.
Primero liquido por 24.241? Deuda parcial? Voy a datos para el pago? Como no esta inscripto, no tiene cuenta corriente, para imprimir desde ahi los cupones de deuda.
Debo esperar que los pagos impacten en el sicam para poder liquidar con posterioridad la moratoria?
Gracias.

Realizas la liquidación TOTAL normalmente x 24476, incluyendo los períodos de Monotributo, pero no ingresas al plan de facilidades. Despues vas a opciones DATOS PARA EL PAGO, elegis la fecha en que vas a pagar (podes pagar antes de la fecha elegida, pero no después) y el sistema te da un detalle de los meses de monotributo que tenes que abonar (capital e intereses). El pago lo realizas con el formulario F.799/E, impuesto 376 (Monotributo Autonomos Deuda Sicam), Concepto 019 (Obligación Mensual / Anual), Subconcepto 019 (Obligación Mensual / Anual) para el capital y 051 (Intereses Resarcitorios) para los intereses. Después esperas 72 hs que los pagos impacten en el sistema y volvesa calcular la deuda (si todo está bien, los períodos de Monotributo te tienen que dar DEUDA 0. Finalmente ingresas a la moratoria y listo. Cualquier duda, me consultas. Suerte.
 #458934  por fabidoc
 
Que bueno.- Pero te hago una consulta: porqué no le hiciste pagar SDM, que es más económico aún.-SI no entendí mal era para una jubilación no?
Otra cosa, tenía inscripción e autónomos?
 #459096  por arandu
 
Gracias tinito por la lección, espero hacer como me decis y pespues te cuento.
Fabidoc: se trata de pension sin inscripcion. Tengo que juntar 30 años, me faltan 3 meses, pero murió en 03/1999, no habia SDM todavia, vale monotributo previsional 35 pesos mas intereses, los 3 meses, me salen 608 pesos.
Creo que s la solucion para los casos anteriores al 04/2000.
 #459436  por tinito2008
 
fabidoc escribió:Que bueno.- Pero te hago una consulta: porqué no le hiciste pagar SDM, que es más económico aún.-SI no entendí mal era para una jubilación no?
Otra cosa, tenía inscripción e autónomos?
Según la normativa, SDM es más caro que Monotributo porque corresponde pagar -como mínimo- $43 más intereses, contra $35 del monotributo. Después, que en la práctica se haya dado que durante un buen tiempo jubilaran con sólo tener pago los $20 mensuales es otro cantar.
Tenía histórico de autónomos de ANSES, por períodos prescriptos y algunos pagos, pero posterior al 09/93 no tenía nada.
 #459505  por fabidoc
 
Gracias tinito, era mi duda. Yo también lo hago, si tiene inscripción, pero con aportes autónomos.- Lo que no sé porqué te lo habán denegado.- Igual es un buen dato y lo de los intereses, tenès razón, nadie puede asegurarle al cliente que no se los van a reclamar, dado el caso.- Saludos.-
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