Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • "ASESORAMIENTO A QUIENES LES FALTA Aí‘OS DE EDAD Y APOR

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #27580  por lucchesi
 
PLANTEO UN TEMA, QUE NO POR SER MUY REDITUABLE, ES MUY IM-
PORTANTE EN NUESTRA TAREA DE ASESORAMIENTO, Y PLANTEO UN
EJEMPLO:
UNA PERSONA PROXIMA A CUMPLIR 59 AÑOS, QUE TIENE APORTES
EN CATEGORIA "B" DE AUTONOMOS, NO MUCHOS Y EN RELACION DE
DEPENDENCIA, QUE PODRIA LLEGAR EN TOTAL A 19 O 20 AÑOS.
UNA IDEA ES ESPERAR Y REZAR PARA QUE SIGA LA MORATORIA
24.476 HASTA QUE CUMPLA LOS 65 Y NO PERDER LOS 7 AÑOS DE DE-
CLARACION JURADA Y EN EL INTERIN HACER UN RECONOCIMIENTO DE
SERVICIOS , QUE DEMORA MAS DE UN AÑO, POR LA PARTE DE RELA-
CION DE DEPENDENCIA.

SI SE ACOGE AHORA A LA MORATORIA Y COMPRA PERIODOS BARATOS
ANTERIORES A SU INSCRIPCION (1989), ME PLANTEO UNA DUDA DE
CUANTOS AÑOS NECESITARIA 3 o 10 - ACLARO TRES SI SIGUE LA MO-
RATORIA Y 10 SI DESAPARECE.

SI ALGUIEN TIENE YA ELABORADO ALGO, POR UNA SITUACION SIMILAR
MUCHO AGRADECERE SU POSICION. lucchesi
 #27597  por ramon
 
muy interesante ... yo creo que tendria que comprar 3 años mas 7 ddjj. ya tiene los años de s° y cuando cumpla la edad se jubila ahora a los recon. de servicio ,si estan en el anses, no hace falta ir a reco. aplicas 980, y listo. aver que opinan los demas.
 #27598  por Ishtar
 
Es así como dice Ramón

Yo tengo varios en esas condiciones...

He puesto en sit de revista los años que me faltan comprar y aplicado 7 (o los que sean de acuerdo a la fecha de cese) de beneficios (no te equivoques si tenes en r.de los años de beneficios son de acuerdo a la fecha de cese...

Lo que sí tienen que pagar las cuotas desde ya y hasta que piden el turno para la jubi...
 #27703  por CAROLA
 
INSTHAR :
te hago una consulta, cuando haces el sicam en datos para liquidar que pones?? jubilacion (aunque no tenga la edad) y que ley.
ahora bien, yo tengo un hombre que tiene 65 y los años de aportes entre autonomo y relacion de dependencia le daria; pero claro en autonomo tengo que aplicar beneficios y prescripciones. Haciendo esto la liquidacion me da $ 0, en ese caso puedo mandar la liquidación. lo puedo hacer aplicando la ley 24476 aunque no tenga la edad.
Gracias
 #27720  por OvejaNegra
 
CAROLA escribió:INSTHAR :
te hago una consulta, cuando haces el sicam en datos para liquidar que pones?? jubilacion (aunque no tenga la edad) y que ley.
ahora bien, yo tengo un hombre que tiene 65 y los años de aportes entre autonomo y relacion de dependencia le daria; pero claro en autonomo tengo que aplicar beneficios y prescripciones. Haciendo esto la liquidacion me da $ 0, en ese caso puedo mandar la liquidación. lo puedo hacer aplicando la ley 24476 aunque no tenga la edad.
Gracias
y si tiene la edad que esperas para jubilarlo, la ley es la 24476 y prestacion solicitada jubilacion.
 #27734  por lucchesi
 
[quote="OvejaNegra"][quote="CAROLA"]INSTHAR :
te hago una consulta, cuando haces el sicam en datos para liquidar que pones?? jubilacion (aunque no tenga la edad) y que ley.
ahora bien, yo tengo un hombre que tiene 65 y los años de aportes entre autonomo y relacion de dependencia le daria; pero claro en autonomo tengo que aplicar beneficios y prescripciones. Haciendo esto la liquidacion me da $ 0, en ese caso puedo mandar la liquidación. lo puedo hacer aplicando la ley 24476 aunque no tenga la edad.
Gracias[/quote]
y si tiene la edad que esperas para jubilarlo, la ley es la 24476 y prestacion solicitada jubilacion.[/quote]
Carola me hizo surgir una duda, tal vez infundada, y es si
cuando compro los años para el futuro, puedo aplicar la 24.476, y que
concepto poner JUBILACION - LIBRE DEUDA - ETC. APROVECHO PARA DAR GRACIAS A RAMON Y A ISTHAR
 #27749  por Ishtar
 
"CAROLA"]INSTHAR :
te hago una consulta, cuando haces el sicam en datos para liquidar que pones?? jubilacion (aunque no tenga la edad) y que ley.
[/quote]
Carola me hizo surgir una duda, tal vez infundada, y es si
cuando compro los años para el futuro, puedo aplicar la 24.476, y que
concepto poner JUBILACION - LIBRE DEUDA - ETC. APROVECHO PARA DAR GRACIAS A RAMON Y A ISTHAR
Hola chicos, con respecto a sus preguntas anteriores yo les pongo jubilación (porque es a esos fines que hago la moratoria (aclaro, no se si estará bien) y le pongo ley 24476 (esto creo que está bien)

Le paso un art. de la ley 24476 aplicable al tema:
Art. 8º -- La cantidad de cuotas se determinará en base a los años que resten al trabajador autónomo para cumplir la edad de solicitar el beneficio, o una cantidad de cuotas menor a elección del trabajador autónomo interesado.

como verán esto despeja dudas en cuanto a que se puede iniciar la moratoria antes de la edad...

ahora bien, yo tengo un hombre que tiene 65 y los años de aportes entre autonomo y relacion de dependencia le daria; pero claro en autonomo tengo que aplicar beneficios y prescripciones. Haciendo esto la liquidacion me da $ 0, en ese caso puedo mandar la liquidación. lo puedo hacer aplicando la ley 24476 aunque no tenga la edad.
Gracias
Carola, especificá mas tu pregunta decís que tiene 65 (tendria la edad) y despues decis que no tiene la edad, aclaranos el tema así te ayudamos.

PD:
O.N.: escribio
y si tiene la edad que esperas para jubilarlo, la ley es la 24476 y prestacion solicitada jubilacion.


Si tiene la edad estaría perfecto lo que te dice O.N.
 #27752  por Ishtar
 
Y no se olviden lo que les puse al principio...
Lo que sí tienen que pagar las cuotas desde ya y hasta que piden el turno para la jubi...
Tienen que ir pagando las cuotas sinó la moratoria caería...
 #27783  por CAROLA
 
PERDON QUISE DECIR 64 AÑOS.
GRACIAS IGUAL POR EL DATO
 #27805  por Ishtar
 
Carola, tiene que tener 65 años si es hombre para poder iniciarle la jubilación.
 #27840  por CAROLA
 
AHI ESTA MI PREGUNTA. QUE NO TIENE LA EDAD, PERO QUIERO DEJARLE TODO LISTO, LAS VALIDACIONES EN AUTONOMO Y LOS RECONOCIMIENTOS EN RELACION DE DEPENDENCIA.
MI PREGUNTA IBA ENCAMINAFA EN SI PUEDO ENVIAR EL PLAN AHORA, AUNQUE ME DA LA DEUDA 0 O SI ESPERO. EN CASO DE QUE LO PUEDA MANDAR QUE PONGO EN CUANTO A LA SOLICITUD Y LEY A APLICAR YA QUE NO TIENE LA EDAD PARA PONER JUBILACION.

 #27857  por jez
 
Para los que no tienen la edad
1) me habian comentado que si no tenia la edad de ponia "otros libre deuda"
2) el beneficio del art. 3 (sean 7 o menos segun cese) se carga en el SICAM al momento de enviar el plan ? o se pedira la aplicacion del beneficio en el momento que pida la jubilacion?
No me queda claro, porque si todavia no tiene la edad jubilatoria, mal podriamos decir cual es su cese laboral desde ahora.

 #28319  por lucchesi
 
[quote="jez"]Para los que no tienen la edad
1) me habian comentado que si no tenia la edad de ponia "otros libre deuda"
2) el beneficio del art. 3 (sean 7 o menos segun cese) se carga en el SICAM al momento de enviar el plan ? o se pedira la aplicacion del beneficio en el momento que pida la jubilacion?
No me queda claro, porque si todavia no tiene la edad jubilatoria, mal podriamos decir cual es su cese laboral desde ahora.[/quote]

Resumiendo lo aportado por cada miembro llego a la conclusion que
todos tienen una parte de razon, a saber

El tipo de tramite puede ser tanto" otros libre deuda", como
" jubilacion"
Los años de beneficio por declaracion jurada, de acuerdo al cese, se po-
dria tomar el vigente a la fecha, pero como le faltan 6 años para tener
la edad, podria por ejemplo inscribirse como Monotributista y de esta
forma, quedaria anulado el SICAM anterior . Salvo que en el transcurso
del tiempo, si ocurre la inscripcion , rechazariamos el tramite y hariamos
uno nuevo , adaptado a la situacion del momento. Ya que es mi problema
actual, seguire buceando para llegar a una solucion que sirva para el futu
ro a todos. GRACIAS

 #28509  por jez
 
lucchesi escribió:
jez escribió:Para los que no tienen la edad
1) me habian comentado que si no tenia la edad de ponia "otros libre deuda"
2) el beneficio del art. 3 (sean 7 o menos segun cese) se carga en el SICAM al momento de enviar el plan ? o se pedira la aplicacion del beneficio en el momento que pida la jubilacion?
No me queda claro, porque si todavia no tiene la edad jubilatoria, mal podriamos decir cual es su cese laboral desde ahora.
Resumiendo lo aportado por cada miembro llego a la conclusion que
todos tienen una parte de razon, a saber

El tipo de tramite puede ser tanto" otros libre deuda", como
" jubilacion"
Los años de beneficio por declaracion jurada, de acuerdo al cese, se po-
dria tomar el vigente a la fecha, pero como le faltan 6 años para tener
la edad, podria por ejemplo inscribirse como Monotributista y de esta
forma, quedaria anulado el SICAM anterior . Salvo que en el transcurso
del tiempo, si ocurre la inscripcion , rechazariamos el tramite y hariamos
uno nuevo , adaptado a la situacion del momento. Ya que es mi problema
actual, seguire buceando para llegar a una solucion que sirva para el futu
ro a todos. GRACIAS
claro, ese es mi problema tambien, que en un año se olvide y se anote en alguna actividad o que le aporten algo.

 #29086  por Matilde
 
Hola atodos: he leído todas las preguntas y respuestas que dieron cada uno de Uds. Yo también me las hice y recién recuerdo un informe de prensa en que Massa decía que la gente que no tiene la edad para jubilarse y le faltan años puede adherirse a la moratoria comprando los años necesarios.
Eso era con la ley 25994 y pienso que también se pueden comprar (como autónomos) por la 24476. Creo que solo aquellos años que le hacen falta para completar los 30. Sorry con DDJJ. Me parece que no va; sobretodo si no se inicia el beneficio ahora.
Pagando mensualmente, debería aparecer luego en telex de autónomos y a la fecha del inicio del trámite, ya los tienen comprados.
Quiero opiniones...