Esto es algo que ya no esta en discución, si esta pensionada y quiere jubilarse tiene que tener paga la totalidad de la deuda. ya que no le seran descontadas las cuotas de la jubilacion.
si esta jubilada----------puede pensionarse
si esta pensionada-----NO puede jubilarse, salvo que pague con anterioridad a la solicitud, la totalidad de la deuda. O que la jubiles y luego interpongas amparo, pero no estan saliendo favorables.
La verdad q no se, viste como son los comentarios, te dicen q no son favorables pero no te dicen porque, o en que se basaron. Ni bien sepa algo te aviso. De las que yo presente todavia no tengo noticias.