Hola a todos, les hago una consulta, mi cliente está imputado de extorsión, trámita en capital ante fiscalía por el 196 CPPN, estamos hace 5 meses con declaraciones de testigos que ofrecimos nosotros y que ofrecieron los denunciantes, pero todavía no pidió la fiscalía la indagatoria. Pregunto, 1) Ya pedí eximición. 2) Ahora estoy pensando en pedir un sobreseimiento fundando por la prueba hasta el momento no se acredita la configuración del delito ni autoría por mi cliente?, lo ven viable?? o espero que llamen a indagatoria. 3) En caso de presentar el pedido lo hago directamente ante el juez por más que la instrucción la tenga fiscal por el art. 196 CPPN. Gracias por la ayuda, la necesito.
Una cuestión importante... Dra. su defendido está privado de su libertad???... Pues por lo general en las causas sin preso, la instrucción imprime otro trámite al mismo...
Tome en cuenta que el proceso penal tiene por objeto la reconstrucción de un hecho histórico pasado pretérito, de donde debe surgir los extremos de la imputación jurídico delictiva, los cuales son:
a)- Existencia material del hecho ilícito
b)- Participación penalmente responsable del imputado en el mismo.
En una causa puede perfectamente quedar acreditado la existencia histórica del hecho ilícito, por lo general casi siempre es así, por lo que entonces la defensa se centra en desvirtuar la participación del imputado en el mismo.
Entonces, dependiendo de los elementos probatorios recolectados en autos, y de la fuerza convictiva de los mismos, Ud. sabrá como desenvolverse con respecto a las posibles alternativas para el punto B.- (procesamiento - falta de mérito - sobreseimiento)