Dal, lo que pude encontrar de estos planes es lo siguiente mira...
Programa Bonus
El programa Bonus consiste en becas de hasta $200 mensuales que se otorgan por un período máximo de hasta 6 meses a jóvenes que posean entre 18 y 25 años, para la realización de prácticas laborales en empresas privadas. Como complemento de beneficio la empresa debe abonar una suma mensual no remunerativa acorde con el tipo de capacitación. La suma de la Beca aportada por el Estado Provincial y el complemento de beca aportado por la empresa capacitadora debe representar un ingreso congruente al tipo de tarea que desarrolle el capacitando
Segunda Oportunidad
El Programa Segunda Oportunidad consiste en becas de hasta $200 mensuales que se otorgan por un período máximo de hasta 6 meses para la realización de prácticas laborales en empresas privadas de personas mayores de 26 años. Como complemento de beneficio la empresa debe abonar una suma mensual no remunerativa acorde con el tipo de capacitación. La suma de la Beca aportada por el Estado Provincial y el complemento de beca aportado por la empresa capacitadora debe representar un ingreso congruente al tipo de tarea que desarrolle el capacitando.
Principales ventajas:
Durante la vigencia del programa (máximo 6 meses) no se genera relación laboral, por lo tanto tampoco deben abonarse aportes jubilatorios ni asignaciones familiares.Durante la capacitación NO se genera relación laboral. Se genera un vínculo entre el capacitador (empresa adherente) y el capacitando (beneficiario) que es homologado por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. El Estado aporta una beca de hasta $200 mensuales por beneficiario. El monto de la Beca a asignar por el Estado Provincial se determina en función de la carga horaria de la capacitación y de las características de la actividad que realice el beneficiario. Cada Beca tiene una duración máxima por beneficiario de 6 meses. No obstante, las empresas pueden presentar programas de capacitación más amplios, elaborados en función de las necesidades de expansión. Ejemplo: una empresa puede diseñar un programa de capacitación de 12 meses de duración, donde se proponga la incorporando gradual de Becarios aunque cada uno de ellos podrá estar bajo programa un máximo de 6 meses. Todos los becarios están cubiertos con un seguro de riesgos del trabajo provisto por ART Provincia. Se trata de un seguro colectivo que posee el Ministerio de Trabajo para todos los beneficiarios de Becas Bonus o Segunda Oportunidad.
Un beneficiario de Seguro de Desempleo puede suspender transitoriamente el beneficio mientras realiza la capacitación. En el caso que luego de la misma el Becario no sea incorporado a la planta efectiva de personal de la empresa adherente podrá solicitar la continuidad del Seguro de Desempleo.Cualquier beneficiario de planes sociales puede ingresar al programa Bonus o Segunda Oportunidad siempre y cuando sea dado de baja previamente dicho beneficio social. Los beneficiarios de planes sociales deberán optar entre ingresar al programa de Bonus y Segunda Oportunidad con la probabilidad de ser efectivizados al cabo de la práctica, o continuar con el plan social.Cumplida la capacitación la Empresa asume la responsabilidad de incorporar a los becarios que aprobaron la capacitación al plantel formal de personal efectivo. El Estado exige el compromiso por parte de la empresa de incorporar a la planta de personal un alto porcentaje de las personas capacitadas. No obstante, el capacitador no está obligado a efectivizar a los Becarios. Las Becas están destinadas a la capacitación en tareas que permitan el desarrollo de habilidades, la adquisición de conocimientos y la formación laboral.
¿Cómo acceder a los programas?
El acceso a los programas se efectúa a través de dos modalidades:
1. A requerimiento de empresas privadas que demandan la capacitación de personal para la posterior incorporación en relación de dependencia;
2. Por solicitud de los propios desocupados, que deberán localizar una empresa dispuesta a capacitarlos.
Posteriormente, en cualquiera de los dos casos, se avalúa la propuesta de capacitación, en la cual debe constar el tipo y modalidad de instrucción, el complemento de beneficio que aporta la empresa, el compromiso de inserción laboral, la duración del programa (máximo 6 meses) y el perfil del capacitando
En realidad esta discutida la relación laboral y son una chantada te parece que da para fraude a los derechos del trabajador?
Programa Bonus
El programa Bonus consiste en becas de hasta $200 mensuales que se otorgan por un período máximo de hasta 6 meses a jóvenes que posean entre 18 y 25 años, para la realización de prácticas laborales en empresas privadas. Como complemento de beneficio la empresa debe abonar una suma mensual no remunerativa acorde con el tipo de capacitación. La suma de la Beca aportada por el Estado Provincial y el complemento de beca aportado por la empresa capacitadora debe representar un ingreso congruente al tipo de tarea que desarrolle el capacitando
Segunda Oportunidad
El Programa Segunda Oportunidad consiste en becas de hasta $200 mensuales que se otorgan por un período máximo de hasta 6 meses para la realización de prácticas laborales en empresas privadas de personas mayores de 26 años. Como complemento de beneficio la empresa debe abonar una suma mensual no remunerativa acorde con el tipo de capacitación. La suma de la Beca aportada por el Estado Provincial y el complemento de beca aportado por la empresa capacitadora debe representar un ingreso congruente al tipo de tarea que desarrolle el capacitando.
Principales ventajas:
Durante la vigencia del programa (máximo 6 meses) no se genera relación laboral, por lo tanto tampoco deben abonarse aportes jubilatorios ni asignaciones familiares.Durante la capacitación NO se genera relación laboral. Se genera un vínculo entre el capacitador (empresa adherente) y el capacitando (beneficiario) que es homologado por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. El Estado aporta una beca de hasta $200 mensuales por beneficiario. El monto de la Beca a asignar por el Estado Provincial se determina en función de la carga horaria de la capacitación y de las características de la actividad que realice el beneficiario. Cada Beca tiene una duración máxima por beneficiario de 6 meses. No obstante, las empresas pueden presentar programas de capacitación más amplios, elaborados en función de las necesidades de expansión. Ejemplo: una empresa puede diseñar un programa de capacitación de 12 meses de duración, donde se proponga la incorporando gradual de Becarios aunque cada uno de ellos podrá estar bajo programa un máximo de 6 meses. Todos los becarios están cubiertos con un seguro de riesgos del trabajo provisto por ART Provincia. Se trata de un seguro colectivo que posee el Ministerio de Trabajo para todos los beneficiarios de Becas Bonus o Segunda Oportunidad.
Un beneficiario de Seguro de Desempleo puede suspender transitoriamente el beneficio mientras realiza la capacitación. En el caso que luego de la misma el Becario no sea incorporado a la planta efectiva de personal de la empresa adherente podrá solicitar la continuidad del Seguro de Desempleo.Cualquier beneficiario de planes sociales puede ingresar al programa Bonus o Segunda Oportunidad siempre y cuando sea dado de baja previamente dicho beneficio social. Los beneficiarios de planes sociales deberán optar entre ingresar al programa de Bonus y Segunda Oportunidad con la probabilidad de ser efectivizados al cabo de la práctica, o continuar con el plan social.Cumplida la capacitación la Empresa asume la responsabilidad de incorporar a los becarios que aprobaron la capacitación al plantel formal de personal efectivo. El Estado exige el compromiso por parte de la empresa de incorporar a la planta de personal un alto porcentaje de las personas capacitadas. No obstante, el capacitador no está obligado a efectivizar a los Becarios. Las Becas están destinadas a la capacitación en tareas que permitan el desarrollo de habilidades, la adquisición de conocimientos y la formación laboral.
¿Cómo acceder a los programas?
El acceso a los programas se efectúa a través de dos modalidades:
1. A requerimiento de empresas privadas que demandan la capacitación de personal para la posterior incorporación en relación de dependencia;
2. Por solicitud de los propios desocupados, que deberán localizar una empresa dispuesta a capacitarlos.
Posteriormente, en cualquiera de los dos casos, se avalúa la propuesta de capacitación, en la cual debe constar el tipo y modalidad de instrucción, el complemento de beneficio que aporta la empresa, el compromiso de inserción laboral, la duración del programa (máximo 6 meses) y el perfil del capacitando
En realidad esta discutida la relación laboral y son una chantada te parece que da para fraude a los derechos del trabajador?