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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #278024  por larrylu
 
hola a todos! tengo un expediente lboral que paso a alegar .
la pregunta es: se retira el expediente en prestamo para hacer el alegato como en civil?
alguien tiene un modelo? nunca hice uno. gracias.
 #278396  por AGS007
 
NO ES NECESARIO RETIRAR EL EXPTE.
SALUDOS
 #278458  por DAL
 
Y como hacen un alegato sin el expediente????
Yo siempre lo retiro, es uno de lso casos donde esta permitido el retiro del expediente.
 #278502  por larrylu
 
[quote="DAL"]Y como hacen un alegato sin el expediente????
Yo siempre lo retiro, es uno de lso casos donde esta permitido el retiro del expediente.[/quote]


Pero hay un orden y un plazo para retirarlo como en civil?
 #278544  por AGS007
 
YO SIEMPRE TENGO COPIA DE TODO EL EXPTE. EN MI ESTUDIO.
SI SE LLEGAN A ROBAR EL EXPTE. TENGO UNO MULETO LO QUE NO ME OBLIGA A RETIRAR EL ORIGINAL.
SALUDOS
 #278551  por PAIDEIA
 
Larrylu no sé donde litigás, en Capital Federal donde generalmente litigo no te prestan el expediente como en Civil. Si te falta algo tenés que ir a verlo a la mesa, otra cosa que podés hacer solicitar que te dejen sacar copias.
Y en cuanto al modelo, cada caso es particular, tiene sus propias pruebas, no creo que te sirva un modelo.
En todo caso preguntá una duda concreta y te vamos ayudando. Suerte
 #278735  por GU
 
En Capital el expediente no se retira.

Saludos!
 #278764  por DAL
 
jUAZZZZZZ, y los oficios contestados??? y las pericias??? de todo tiene fotocopia sacada por uds. o les dan copia???
YO tengo fotocopias siempre pero para alegar durante el plazo de ley se puede retirar el expediente por supuesto, tanto en civil como en laboral. Son 5 días y se alega por su orden.

En esto, para consultar vale cada codigo por eso ACLARAR DE DONDE SE CONSULTA!!!
 #278896  por GU
 
Me corrijo: En Capital en el fuero LABORAL no se retira el expediente.

Sin embargo, DAL, los empleados judiciales son tan simpaticos que suelen ofrecernos un asiento y escritorio para copiar lo necesario (o bien, podes retirar el expediente para fotocopiar lo que consideres necesario).

Salutes!
 #278912  por DAL
 
Yo suelo fotocopiar, bastante, prouqe el recurso de "arrancatoria" es bastante bien manejado por varios turros acá, pero sí, nuestro codigo permite retirar el expediente expresamente para alegar, contestar traslados que no fueran corridos con copia, practicar liquidaciones y un par de casos más que no me acuerdo.