Hola colegas. Tengo que iniciar mi primer divorcio vincular, es en pcia Bs As, por el art 214 inc. 2. están separados de hecho hace 14 años tienen hijos en común pero uno sólo menor (15 años) los demás son mayores de 18, no hay bienes. Todos los hijos se quedaron con el padre desde la separación. Yo recomendé a mi cliente (el padre) no hacer un controvertido mencionando los pormenores que originaron la separación, para ahorrar tiempo, y además no tienen inconvenientes con la tenencia, dado que el menor decide permanecer con su padre, ni bienes.
¿qué les parece :hice bien en recomendar promover el divorcio por el 214 inc 2?
¿es necesario que me comunique con la contraparte o directamente lo inicio y notifico luego?
¿o corro el riesgo de que reconvengan por alguna otra causal?
Me podrán ayudar con esto? no sé cómo arrancar.......Ayuda
Saludos
¿qué les parece :hice bien en recomendar promover el divorcio por el 214 inc 2?
¿es necesario que me comunique con la contraparte o directamente lo inicio y notifico luego?
¿o corro el riesgo de que reconvengan por alguna otra causal?
Me podrán ayudar con esto? no sé cómo arrancar.......Ayuda
Saludos
Elvy