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  • Amparo por negativa de acceso a empleo publico

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Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #275020  por Iris
 
Hola a todos. En un caso estoy evaluando en presentar un recurso de amparo, aunque las vías administrativas aún no esten agotadas, atento la urgencia existente. Pero me encuentro ante el problema de que han pasado mas de 15 días desde que el acto administrativo se dicto.

El tema es así. Se trata de una persona extranjera que quiere acceder al plantel permanente de un hospital municipal. El señor es médico.

La documental que yo tengo es una resolución dictada por un funcionario del Ministerio de Salud de la Prov. de Bs As, en el marco de un expediente administrativo en el que se propuso la designación del este señor para cubrir el cargo de médico. Según tengo entendido la propuesta la hizo el mismo hospital.

La resólución establece que se le debe informar al causante que atento lo reglamentado por el dto. 1192/01 deberá agregar al expediente la correspondiente carta de ciudadanía. Fecha: 08/07

Luego tengo otra foja en la cual la dirección provincial de hospitales, ordena que vuelva lo actuado al hospital en cuestión para informar que para dar curso a la propuesta debe adjuntarse la carta de ciudadanía.
Fecha: noviembre 2007.

Mi pregunta es, el inc e) del art. 2 de la la ley 16.986, establece que: “La acción de amparo no será admisible cuando: ... e)La demanda no hubiese sido presentada dentro de los quince días hábiles a partir de la fecha en que el acto fue ejecutado o debió producirse.”

¿de acuerdo a ello ha de interpretarse que los 15 días empiezan a correr desde que se dictó la resolución? ¿o en todo caso - esto entiendo yo - desde la fecha en que el médico tomó conocimiento efectivo de la misma que fue cuando le entregaron las copias en el hospital? Igualmente se cuente de donde se cuente el plazo esta vencido.

Entonces? Les parece viable hacer una nota al hospital diciendo que en mérito a la resolución tal, donde se exige la ciudadanía y ante la situación de no haberla podido obtener durante todo este lapso por la demora injustificada del tribunal - hay expediente judicial iniciado - y la necesidad de pasar a la planta permanente por ser insostenible el mantenimiento de la situación actual bla bla bla, procedan a otorgar el cargo, presciendiendo del requisito de ser ciudadano argentino, por ser claramente inconstitucional el mismo (y aca fundamentaría largamente por que lo es)

Les parece viable esta táctica para sortear el hecho de que los 15 días se han vencido?????????????????????????

GRACIAS
Iris
 #275203  por Iris
 
En realidad yo no pensaba exactamente en un recurso administrativo, porque los plazos tambien en verdad estan vencidos para atacar esa resolución en ese ámbito.
Yo pensaba simplemente en un escrito solicitando se otorgue el cargo, atento que la obtención de la ciudadanía se ha extendido en el tiempo de manera inusitada, provocando la falta de acceso al cargo graves perjuicios etc etc etc
Pero estoy dudosa, porque es cierto que en el fondo la presentación esta atacando esa resolución origaria cuyo plazo ya vencio... mmm estoy perdida!!
 #275508  por norabe
 
Leí apurada porque me voy, pero, los quince días, los contaste desde la fecha que se notificó??
Fijate si acompañando la constancia de que inició el trámite podés lograr algo, sabido es que el trámite demora.
 #275528  por Iris
 
Sinceramente te digo que el expediente administrativo no lo ví, sino que ella vino con dos hojas del mismo que son las que explique arriba. No creo que la hayan notificado formalmente del trámite. ünicamnete que lo envie a sacar copias del mismo que, por lo que entiendo puede estar en el hospital donde trabaja.

Yo pense en plantear en un escrito que habiendo tomado conocimiento de la resolución de fecha tanto (septiembre 2007) inició inmediatamente los tramites de ciudadanía (en ese mes lo hizo), y que atento la tardarza de la judicatura, solicito se de curso a la propuesta de designación sin tener en cuenta el requisito de la ciudadania, por ser el mismo claramente inconstitucional (y acá citar bien porque, ya que hay bastantes argumentos y fallos al respecto), por lo que cualquier acción de amparo que se intente sin dudas prosperaría, incurriendon el estado en un gasto innecesario de dinero al aplicar esa normativa claramente contraria a la CN bla bla bla.

No sé ¿les parece? ES que yo de administrativo no se demasiado, y la verdad no me simpatiza tampoco, pero se vuelve inexorable plantearlo porque viá ciudadania no estoy teniendo resultado por unos tecnicsimos del tribunal - otro tema largo de contar trabado por un tema penal de por medio que no viene al caso por el momento - y el amparo es la única via que vi idónea, pero me encuentro con esto de los plazos completamente vencidos aún en el caso de los recursos administrativos.

Help! Algun dato, libro o algo por donde orientarme...mas que nada en el ámbito administrativo.

Saludos
Nancy
 #277141  por Iris
 
Hay les juro que derivaría este caso ya...pero tengo un compromiso con la persona y no puedo...
En fin...¿alguien me podriá decir si en un juicio de amparo sería común pedir un expediente judicial donde esta tramitando una ciudadanía???

Lo pregunto por lo siguiente: Voy a presentar en el expedinete administrativo un escrito, diciendo que le den curso a la designación sin tener en cuenta el requisito de la ciudadanía exigido, que la persona intento cumplirlo pero ante la demora injustificada de la justicia no puede esperar mas ya que se siguen vulnerando derechos constitucionales esenciales, como el derecho a trabajar y a no ser discriminado y necesita la designación ahora.

El tema es que no si si relatar en el mismo las cosas tal como ocurrieron o modificarlas ligeramente por el tema de la caducidad de los plazos, para presentar posteriormente el amparo.

Notificación en el expediente administrativo de la resolución que exige que aporte la carta para dar curso a la designación no hay, pero en verdad al señor el dieron fotocopias de la parte pertinente de la causa con la copia de las resoluciones, de modo que "si tomo conocimiento", y entiendo yo a partir de ahi regiría el plazo de 30 habiles de la ley de amparo de provincia de bs as para interponer la acción, o entablar algún recurso administrativo. Tons? Digo que tomo conocimiento cuando realmente tomó, o dibujo y digo que recien ahora lo hizo....esperando que no pidan remisión del otro exp????

Saludos
Iris
 #277143  por Iris
 
Igualmente en teoría si toman a mi escrito como un recurso iría muerta tambien porque la fecha del mismo es de diciembre del 2007.... (Y si bien no figura la notificación en el exp admi, según entiendo, hay una copia en el de ciudadania...)

Algún administrativista caritativo por aquí!!

SAudos
Iris
 #278197  por Iris
 
Bueno a riesgo de terminar en un soliloquio, voy a hacer algunas preguntas más que espero no queden como lo anterior sin respuesta.

Estoy en vías de fotocopiar el exp. adm, y al parecer como no hay toma de conocimiento (formal claro) de la resolución que quiero atacar, podría interponer ún recurso administrativo o una acción de amparo.

Pero me surgieron unas dudas:

1) La resolución fue dictada por una dirección dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

Según estuve leyendo y la ley Orgánica de Fiscalia de EStado, establece que si se demanda a la prov de bs as hay que hacerlo en LA PLATA!!, pero vi algunos fallos de amparo donde se demandó a la provincia, que se interpusieron en contencioso administrativo de san isidro o vicente lopez por ejemplo.

Mi duda es ¿¿¿saben si en SAn Martín, suelen declararse incompetentes con el fundamento en la la ley orgánica que mencioné???

2) Segun entiendo tanto la corte suprema de la nación como la de la prov de bs as aún exigen el agotamiento de la vía administrativa o judicial, salvo algunas excepciones como casos de problemas de salud. Esto será tan asi?? ESte es un caso de negativa a un cargo publico por un tema de nacionalidad....

3) Por lo antes dicho evaluo tambien el tema del recurso administrativo, pero ¿vale la pena realmente perder tiempo en un recurso administrativo? Sinceramente yo dudo mucho que el ministerio se retracte porque el requisito que pidió de acuerdo a tal decreto, es realmente inconstitucional....

Saludos
Iris
 #281014  por DAL
 
Iris si se te vencio el plazo del amparo, tenes posibilidad de iniciar una ACCIÓN MERE DECLARATIVA con los mismos efectos.
 #281080  por Iris
 
Gracias por el dato dal voy a estudiar bien este tipo de acción en provincia de buenos aires

Saludos
Iris