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  • Laboral despido art 247

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #282439  por mirandag2005
 
Hola, un despido realizado por cierre del local porque se vencio el alquiler y no lo renuevan es un despido del art 247 no? Que opinan? Gracias

Miranda
 #282516  por Maia
 
Hola, que se venza el contrato de alquiler no significa de por sí la aplicación del 247, por ej., si es un negocio de lámparas y fabrican también, podrían exportar aunque no tengan venta al público, o podrían alquilar otro local, y no sería de aplicación para los fabricantes el 247 LCT. Ahora, si es un comercio solamente, que compra y vende y se les vence el contrato y no hay forma de probar que continúan, considero de aplicación el 247. Ojo, hay que dejarlo bien en claro en la cd, decir que se termina el contrato de locación, que ponés a su disposición copia del mismo en tal lugar y fecha, que no van a continuar con los servicios, que ya no es redituable, etc., es decir, explicar el fundamento por el cual no se pueden continuar con las actividades. De todas formas, el 247 es rechazado por el empleado en el 99% de los casos... pero siempre hay tiempo para conciliar por la diferencia. Saludos.
 #282525  por VICTORIA2004
 
Considero que por aplicación del principio de "ajeneidad en el riesgo empresario" no prosperaría el 247; sino el 245. Saludos!