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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #28116  por ...NM...
 
Me comentaron que en un examen al que falté tomaron lo siguiente:

3)Un trabajador contratado por SERVICIOS INFORMATICOS SA realiza tareas de data entry para el mantenimiento de la página de Internet de un supermercado, página a través de la cual pueden realizarse las compras, en un piso del edificio del supermercado. El trabajador es despedido, ¿a quién corresponde demandar? Fundamente.

Un repositor que realiza tareas en el supermercado cuyos recibos de sueldo están a nombre de la empresa y que concurre a fin de mes a cobrar es despedido, ¿a quién demandaría y por qué? Fundamente.

5) a) ¿Cómo diferenciaría a la relación de dependencia de una locación de servicios comercial?

b) Indique en cada caso si existe relación de dependencia y fundamente:

a.- Un médico realiza guardias pasivas para una obra social los fines de semana.

b.- Una costurera trabaja en su domicilio entregando diferentes prendas para una importante marca de ropa.

c.- Una persona realiza changas de jardinería en un country.

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Les pido, si no es molestia, que me orienten en cuanto a estas dos preguntas (había otras, pero en estas tengo dudas). Por ejemplo, en la pregunta 5) me da la sensación que existe relación de dependencia en todos los casos, pero no debe ser así y no sé por qué no.

Desde ya, muchas gracias!

 #28605  por sergio_gonza01
 
Hola, con respecto a tu pregunta creo que de los casos que te preguntan el que seguro hay relacion de dependencia es el de la costurera, que esta legislado en la Ley de Trabajo a domicilio 12713 qu determina la relacion de dependencia con respecto de cada uno de los dadores de trabajo a domicilio con respecto a las tareas que le encarguen. En los demas casos al ser la consigna muy vaga creo que es necesario saber mas detalles para estar seguros, por lo que dependera de como lo justifiques.... igual yo me inclinaria por una locacion de servicios

 #28618  por Dominick
 
En mi opinión:
3) a) demandaria a SERVICIOS INFORMATICOS S.A. y que guarda relación de dependencia con esa empresa, si bien presta servicios fuera de esta, su empleador es este, si estaba en negro demandaría a la empleadora y al supermercado solidariamente por no fiscalizar que los empleados de servicios informáticos.-

b) repositor idem caso a)

4) se diferencia fundamentalmente si los servicios se prestan en forma ininterrumpida a la misma persona y es solo a éste al que se le factura, (buscar jurisprudencia, en clase te tuvieron que dar mucho de esto al respecto)estos son algunos de los indicios que hace presumir que era una relación de dependencia encubierta.-

5) a) podría ser una locación de servicios...pero esto tiene un regimen especial que no recuerdo.

b) regimen de trabajo a domicilio hay ley al respecto y tienen que llevar libreta de trabajo.
c) se rige como servicio domestico, trabjar más de cuatro horas diarias para el mismo empleador, ojo aca tenes que diferenciar si hace trabajos de jardinería para la country en sus espacios comunes o en los jardines de cada una de las unidades ya que serían diferentes empeladores.-

Espero haber sido de ayuda

 #28720  por ...NM...
 
Bueno, gracias por la ayuda a los dos!