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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #288874  por maria12acosta
 
hola soy una en el foro y va mi pregunta , hay jurisprudencia sobre laboral , que un hijo le haya hecho un juicio laboral al padre , siendo que este no trabajo con el sino que hiba a visitarlo y a tomar mate con los empleados . espero respuestas
 #288920  por Dario52
 
Hola Maria, bienvenida al foro. Mirá yo no se si hay jurisprudencia sobre lo que preguntás, pero la ley presume que con familiares directos, no hay relación laboral, salvo que sea una SA, SRL,etc, por lo tanto creo que una demanda laboral de esas condiciones no prosperaría
 #288923  por Olicam
 
Coincido con el comentario de Dario. Vos no se a quien representarías?? Si el hijo realmente no trabajaba bajo las ordenes del padre que pruebas va a presentar???? No existen recibos de sueldos, testigos.... porque los que tomaban mate con él no creo que se animen a mentir y perder sus fuentes de ingreso....
Saludos
Oli
 #288962  por DAL
 
Si prospera, yo perdí uno pero la hija realmente trabajaba, además de convivir con los padres.
En este caso puede no prosperar por no haber trabajado. La prueba y presunciones juegan distinto que un empleo en negro.
 #288985  por KELY40
 
Maria el art. 27 de la lct dice : Las personas que, integrando una sociedad prestan a ésta toda su actividad o parte principal de la misma en forma personal y habitual, con sujeción a instrucciones o directivas que se le impartan o pudieran impartírseles para el cumplimiento de tal actividad, serán consideradas como trabajadores dependientes a los efectos de la aplicación de esta ley y de los regímenes legales o convencionales que regulen y protegen la prestación de trabajo en relación de dependencia.

Exceptúanse las sociedades de familia entre padres e hijos. Las prestaciones accesorias a que se obligaren los socios, aun cuando ellas resultasen del contrato social, si existieran las modalidades consignadas, se considerarán obligaciones de terceros con respecto a la sociedad y regidas por esta ley o regímenes legales o convencionales aplicables.
Vos saca tus propias conclusiones.-
Pero especificando aún más tu tema te podría decir que en el caso de hijos mayores, sobre todo si no conviven con el empleador, sí o sí deberá encuadrarse dentro de contrato de trabajo, cumpliendo con todas las obligaciones derivadas del mismo.
En el caso de hijos menores, dado que el Código Civil establece la obligación de los hijos de prestar colaboración a sus padres en tareas propias de su edad, y a su vez prohíbe la celebración de contratos entre padres e hijos, en principio, no se configura contrato de trabajo.
Sin embargo, los servicios prestados no deben exceder las tareas propias de la edad de los hijos, ya que en este caso, sí podría llegar a admitirse la existencia de una prestación de tipo laboral.
 #487930  por analiaTorres
 
Estimados Colegas ... hay jurisprudencia sobre este tema.. les pregunto porq le llego a mi clienta una multa del ministerio de 1500 por tener a su hijo trabajando en negro. (hijo mayor de edad y vive con los padres).. en realidad el hijo va al negocio .. primero para hacerle compania por la inseguridad.. y desp. le mira en local cuando tiene que hacer las compras en el mayorista... o cuando va al medico a cuando va al baño..
en fin mi clienta se presento ante el ministerio.. y ambos declararon eso.. que la ayudaba en forma circunstancial.. pero la multa vino iguall... LINDA MANERA DE EMPEZAR EL AÑO!! alguna sugerencia? jurisprudencia... para presentar el recurso?
 #488472  por sol0409
 
Un descargo con los argumentos que los colegas citaban más arriba solicitando la revisión.