Hola chicos, tengo una duda en cuanto al art. 90 de la L.CT , cuando una de las partes pretende aplicar la figura del contrato a plazo fijo que se entiende por las necesidades, funcionales, estructurales y objetivas??? puede alegarse un fraude si pretenden aparentar uncontrato a plazo fijo por 24 dias de un negocio que este en un lugar turistico donde la temporada se extienda por 6 meses?? puede darse esa necesidad funcional y estructural por 24 dias?? y como se probaria el fraude. Muchos pregunas para un domingo, no?? Please!!! necesito ayuda!!!
Lo importante no es lo que tienes en la vida sino a quien tienes en la vida...