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  • IMPUGNAR PATERNIDAD Y LUEGO INICIAR FILIACION

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #290316  por ANA80
 
Hola, quisiera que alguien me oriente con respecto a lo siguiente. Tengo un cliente de 25 años de edad el cual es hijo matrimonial y lleva el apellido de su padre matrim, pero en verdad es hijo de otra persona. El desea realizar el reclamo por daño moral a su padre biológico, el cual tiene una buena situación económica, para lo cual primero debe realizar la impugnación de paternidad (a su padre de crianza). Los interrogantes som:
1- al no haber sido emplazado nunca su padre biológico al reconocimiento, por la simple razón que este es un hijo matrimonial (o sea nacido durante el matrim de su madre con su padre de crianza) puedo demandar el daño moral???
2- El otro interrogante es: En caso de poder demandar el daño moral ¿como se cuantifica el mismo?
3-y el tercer interrogante: ¿debo primero emplazar al padre biologico al reconocimiento?¿cómo? hay que tener en cuenta que este muchacho lleva un apellido debido a ser un hijo matrimonial! Agradezco enormemente si alguien me puede orientar, la verdad he leido bastante pero encuentro jurisprudencias de ambos lados, es comlicado!!!
 #291322  por Vany
 
Si juridicamente nunca se le reclamo al padre bilogico el reconocimiento del hijo, no podria ahora reclamarse daño moral, bastaria que el demando argumente que nunca supo que ese chico era su hijo, para que se te caiga la demanda.
Por otro lado cuando inicies el juicio de filiacion contra el padre biologico, vas a tener que notificarlo y ahi va a tener que comparecer ya sea negando o aceptando esa paternidad, y dependiendo de su respuesta vas a tener que ver como seguis encarando la causa. Pero previamente a eso vas a tener que iniciar la impugnacion de paternidad con relacion al padre de crianza, ya que para la ley el ya tiene un padre y no podrias estar reclamando esa paternidad a otra persona sin previamente impugnar la del padre que lo crio.
 #292314  por diabla87
 
Hola...
ademas de la respuesta que te paso vany me gustaria agregar lo siguiente:

si al padre biologico no sabia que tenia un hijo, obviamente no podes reclamar daño moral, sin embargo, si podrias hacerlo si en el juicio de filiacion el se niega, y al momento de la sentencia, los intereses se computan desde la fecha de notificacion de la demanda de filiacion, porque si bien no podes probar que el antes sabia, ya al notificarle de la demanda de filiacion, el si tiene una posibilidad cierta de por lo menos dudar de su paternidad.