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  • SUCESION + BLSG

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 #290842  por marianmollet
 
Hola a todos!!
Necesito saber si se puede iniciar una sucesion y en paralelo un BLSG, mas q nada por el tema de las tasas de justicia, toda vez que se trata de casos donde hay solo un inmueble en el acervo.
Gracias !
 #292297  por amg
 
La tasa la pagas cuando se vende el inmueble.
 #292316  por Oscarman
 
Estimada/o Marian:

En Capital el monto a pagar en concepto de Tasa de Justicia corresponde al 1.5% de la valuacion fiscal del inmueble. Salvo que se trate de un inmueble de un valor muy importante, se puede pagar por anticipado y, eventualmente, repetir contra la sucesion en su momento.

Por otra parte, podes iniciar la sucesion sin pagar la Tasa de Justicia, la cual solamente sera exigible al momento de la culminacion de la tercera etapa del sucesorio (inscripcion de la declaratoria de herederos en el RPI), momento en el cual deberas pagar la Tasa de Justicia sobre la valuacion fiscal del inmueble en dicho momento.

Espero que te sirva.
Saludos.
Oscar
 #292379  por pablin
 
Aclaro:
la tasa es el 1,5% más el 10% del 1,5%

Salu2, Pablín.