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  • Deuda por tarjeta de credito y veraz

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 #291949  por diegojavf
 
hola a todos! soy nuevo aca, vivo en mar del plata y estoy estudiando abogacia y necesito ayuda para una consulta q me hicieron...resulta que la q seria mi clienta (por llamarla asi jaajj) contrajo uan deuda en el año 2001 con una emisora de tarjeta de credito (tarjeta MIRA) y a raiz de la crisis economica de ese año se vio imposibilitada de abonar ladeuda, situacion q se siguio manteniendo hasta ahora porq ha tenido q afrontar diversos gastos medicos. Durante todo este tiempo no recibio ninguna carta documento, no tiene ningun juicio en su contra , ni firmo nada q hiciera q se interrumpiera el plazo de prescripcion; solo ha recibido simples cartas de estudios juridicos con la intencion de hacerle meter miedo....la señora quiso tomar u ncredito y no pudo porq le salio esa deuda en el Veraz, a pesar de q ya pasaron 5 años; si yo quisiera q esos datos se borrararan del veraz y de cualquiera de esas bases de datos tengo q mandarles carta documento a cada uno de ellos?? o a la empresa Mira o al banco co n e l que opera Mira? y para q no quede registro en el banco central q hay q hacer? porq he leido q existe como u n historial donde seguiria figurando esa obligacion natural...hay forma de borrar eso tb? bueno cualquier orientacion por mas pequeña q sea me ayudaria mucho..de mas esta decir que la señora va a consultar con u nabogado pero me pregunto ami antes...graciaassss
 #292476  por Catalina73
 
Si existe la deuda y es exigible, lo mas conveniente es que la cancele, luego envie cd al banco que la metio en el veraz, diciendo que la deuda ha sido cancelada y mandas tb el comprobante de pago y que informen de tal situacion al veraz y que lo saquen. Si asi y todo sigue figurando se debe ocurrir ante la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Sarmiento 1118 5º piso. Saludos.-
 #292784  por estudiotucci
 
Estoy de acuerdo con catalina, priemro que regularice la deuda, despues si queres te paso el modelo que tenes que mandar a veraz o a la entidad, a mi resulto, simple pero efectivo.
Saludos
 #293629  por Datos
 
Diego: Las deudas originadas mediante tarjetas de crédito tienen una vigencia de 3 años. Al año de haber caido en mora prescriben las acciones judiciales. A los tres años (dos años mas) prescriben todas lac acciones ordinarias. Eso significa que la deuda se muere de muerte natural ya que el acreedor no puede cobrarla mediante acciones legales. Ni siquiera puede enviar carta documento. No obstante hasta los 5 años corridos desde el inicio de la deuda, no se puede ejercer el derecho de proteger los datos personales en las bases de deudores (siempre y cuando en esos 5 años no se registren refinanciaciones ni juicios). Sin cancelar la deuda se puede dar de baja definitivamente la situación para salir del veraz, del BCRA y de cualquier ota base de deudores que lo informe. Si refinancia la deuda, cometería el error de actualizar una deuda prescripta y eso le daría al acreedor o estudio jurídico la faculta de cobrar por via legal. Hay que tener en cuenta, por otro lado que las deudas canceladas no salen del veraz (Las que salen son las que no se cancelan y que acumularon los 5 años). Sino que lo máximo que se puede hacer es cambiar la categoría de la misma. Eso mejora notablemente la situación pero el historial permanece durante 24 meses contados a partir de la cancelación. Si querés mayor información gratuita podés ingresar a http://www.datoslimpios.com Hay operadores permanentemente (aún los fines de semana) brindando asesoramiento para el ejercicio de los derechos de protección de datos. Mi nombre es Hugo y soy el Coordinador de Datos Limpios.

Un saludo, muy bueno el sitio.
http://www.datoslimpios.com
 #577408  por ALISVAL
 
estudiotucci escribió:Estoy de acuerdo con catalina, priemro que regularice la deuda, despues si queres te paso el modelo que tenes que mandar a veraz o a la entidad, a mi resulto, simple pero efectivo.
Saludos

Hola... estudiotucci, me podrias mandar a mi ese modelo ??? ya que estoy.. te quería preguntar, una vez que efectuas el pago de lo adeudado cual es el plazo para esperar que esto se regularice salgas del veraz y puedas contraer nuevas obligaciones ???
 #577593  por Romina34
 
Tener presente que por ley de tarjeta de crédito no se pueden informar a veraz las deudas de los clientes.
Copio el art.: Articulo 53: Prohibición de informar. Las entidades emisoras de Tarjetas de Crédito, bancarias o crediticias
tienen prohibido informar a las "bases de datos de antecedentes financieros personales" sobre los titulares y
beneficiarios de extensiones de Tarjetas de Crédito u opciones cuando el titular no haya cancelado sus obligaciones,
se encuentre en mora o en etapa de refinanciación. Sin perjuicio de la obligación de informar lo que correspondiere
al Banco Central de la República Argentina.
Las entidades informantes serán solidaria e ilimitadamente responsables por los daños y perjuicios
ocasionados a los beneficiarios de las extensiones u opciones de Tarjetas de Crédito por las consecuencias de la
información provista.
La ley de habeas data habla del derecho al olvido.
Saludos,
 #577617  por ALISVAL
 
ALISVAL escribió:
estudiotucci escribió:Estoy de acuerdo con catalina, priemro que regularice la deuda, despues si queres te paso el modelo que tenes que mandar a veraz o a la entidad, a mi resulto, simple pero efectivo.
Saludos

Hola... estudiotucci, me podrias mandar a mi ese modelo ??? ya que estoy.. te quería preguntar, una vez que efectuas el pago de lo adeudado cual es el plazo para esperar que esto se regularice salgas del veraz y puedas contraer nuevas obligaciones ???
Gracias estudiotucci por tu respuesta !!!! dale !!! me pasas el modelo por favor ..
nuevamente gracias !!
 #758243  por giseleli
 
Datos escribió:Diego: Las deudas originadas mediante tarjetas de crédito tienen una vigencia de 3 años. Al año de haber caido en mora prescriben las acciones judiciales. A los tres años (dos años mas) prescriben todas lac acciones ordinarias. Eso significa que la deuda se muere de muerte natural ya que el acreedor no puede cobrarla mediante acciones legales. Ni siquiera puede enviar carta documento. No obstante hasta los 5 años corridos desde el inicio de la deuda, no se puede ejercer el derecho de proteger los datos personales en las bases de deudores (siempre y cuando en esos 5 años no se registren refinanciaciones ni juicios). Sin cancelar la deuda se puede dar de baja definitivamente la situación para salir del veraz, del BCRA y de cualquier ota base de deudores que lo informe. Si refinancia la deuda, cometería el error de actualizar una deuda prescripta y eso le daría al acreedor o estudio jurídico la faculta de cobrar por via legal. Hay que tener en cuenta, por otro lado que las deudas canceladas no salen del veraz (Las que salen son las que no se cancelan y que acumularon los 5 años). Sino que lo máximo que se puede hacer es cambiar la categoría de la misma. Eso mejora notablemente la situación pero el historial permanece durante 24 meses contados a partir de la cancelación. Si querés mayor información gratuita podés ingresar a http://www.datoslimpios.com Hay operadores permanentemente (aún los fines de semana) brindando asesoramiento para el ejercicio de los derechos de protección de datos. Mi nombre es Hugo y soy el Coordinador de Datos Limpios.

Un saludo, muy bueno el sitio.
http://www.datoslimpios.com
HOLA HUGO, EN FUNCION DE ESTA RESPUESTA QUE HE ENCONTRADO EN EL BLOG QUERIA HACERTE UNA CONSULTA, PORQUE YO TENGO 2 DEUDAS CON BANCOS UNA ES PEQUEÑA Y LA ESTOY POR COMENZAR A PAGAR Y LA OTRA QUE ES MAYOR NO SE QUE VOY A HACER PERO ME INTERESA SABER ESO DEL TIEMPO EN QUE NO SE PUEDEN INICIAR RECLAMOS JUDICIALES, PORQUE A MI ME ESTAN LLAMANDO A CADA RATO, O SEA LA DEUDA TIENE UN POCO MAS DE UN AÑO Y YO CALCULO QUE EN BREVE ME VAN A LLAMR PARA DEICRME QUE VAN A INICIAR JUICIO POR EMBARGO Y NOP PUEDEN HACERLO O SI?, POR LO QUE ENTENDI NO PERO QUISISERA QUE ME EXPLIQUES.
POR OTRO LADO QUISIERA HACER UNA CONSULTA EN GENERAL, ALGUIEN SABE SI YO ESTOY PAGANDO UNA REFINANCIACION DE UNA DEUDA COMO SERIA EL PORCENTAJE DEL POSIBLE EMBARGO POR OTRA DEUDA, SE TIENE EN CUENTA QUE ESTOY PAGANDO UN REFINANCIAMIENTO?
SALUDOS MUCHAS GRACIAS POR SU RESPUESTAS. GISELA
 #892579  por citrus
 
que plazo de prescripcion se aplica para una refinanciacion de deuda por tarjetas de credito?? 3 ordinario o 10 cc?
 #893033  por agentil
 
Estimado:

Una vez transcurridos 5 años de que existe la deuda puede solicitar a veraz la supresión de la información, por mas que no la haya pagado.

saludos!!