tego un cliente que perdio un ejecutivo y l etrabaron embargo sobre su cuenta el dice que tiene derecho a reclamar yo lo dudo.
el tema es asi en el año 2002 Banco Macro se queda con la propiedad de un concursado en concepto de dacion en pago, este banco le vende la propiedad a mi cliente, pero ese predio tenia deuda de ABL (aca esta el problema) La escribana cuando compra mi cliente le pide informe al juzgado que intervino en el concurso para saber si el Gov de la ciudad se habia presentado a verificar para el cobro de esta deuda, el juzgado le responde que no y que esta vencido el plazo para hacerlo por eso no tiene que retener nada en concepto de deuda de ABL.
Ahora bien despues de unos años el GCBA le inicia el ejecutivo a mi cliente y se lo gana.
El tema es ¿No es verdad que el Concurso suspende intereses pero no la deuda?, ¿La escribana no deberia haber solicitado informe al GCBA y no al concurso? , ya que la propiedad salio del patrimonio del concursado y es el banco el que la compró con la deuda y obviamente el escribano deberia haber retenido el importe de esa deuda al momento de escriturar
Por favor contestenme si es asi y que podria hacer ahora, y se qu ees molesto pero podria ser extensa la explicacion ya que la verdad de esto mucho no entiendo
el tema es asi en el año 2002 Banco Macro se queda con la propiedad de un concursado en concepto de dacion en pago, este banco le vende la propiedad a mi cliente, pero ese predio tenia deuda de ABL (aca esta el problema) La escribana cuando compra mi cliente le pide informe al juzgado que intervino en el concurso para saber si el Gov de la ciudad se habia presentado a verificar para el cobro de esta deuda, el juzgado le responde que no y que esta vencido el plazo para hacerlo por eso no tiene que retener nada en concepto de deuda de ABL.
Ahora bien despues de unos años el GCBA le inicia el ejecutivo a mi cliente y se lo gana.
El tema es ¿No es verdad que el Concurso suspende intereses pero no la deuda?, ¿La escribana no deberia haber solicitado informe al GCBA y no al concurso? , ya que la propiedad salio del patrimonio del concursado y es el banco el que la compró con la deuda y obviamente el escribano deberia haber retenido el importe de esa deuda al momento de escriturar
Por favor contestenme si es asi y que podria hacer ahora, y se qu ees molesto pero podria ser extensa la explicacion ya que la verdad de esto mucho no entiendo