Estimados colegas. adelante que no hago derecho penal, y que la consulta es por un caso en Provincia de Bs As. El tema es que me vino a ver un conocido en razón de que circulando con su vehículo atropelló a un ciclista, que, literalmente se le atravesó en el camino. fue de noche y el tenía el semáforo abierto. Ahora, no hay testigos del hecho, mi cliente lo embiste y se "abatata" y termina chocando contra un poste lo que lo hace perder el conocimiento. Mi cliente no estaba alcoholizado ni bajo influencia de estupef. (al menos eso jura y rejura, y creo que es verdad). El tema es que le notificaron el art. 60, le extrajeron sangre mientras estaba internado (primeros días de enero) para un exámen de alcoholemia. Recién tiene fecha de pericia química para febrero. (puede ser que se demore tanto tiempo?) El ya está notificado de la causa y del examen que le van a hacer. Por favor podrían orientarme por donde encarar el tema. Desde ya muchisimas gracias y Un Abrazo a todos.
Hola walterius, en principio, es el Organo estatal el que tiene que demostrar, si es que existió, la culpa de su cliente. Habría que ver si, luego del accidente, se hicieron las pericias que sirven para demostrar, probar y distribuir las responsabilidades del hecho. Por otro lado, Ustedes también pueden realizar su propia pericia de sangre.
Igual, espere otras opiniones.
Saludos.